La AFIP publicó los beneficios, requisitos y pasos para que los operadores de comercio exterior o integrantes de la cadena de suministro internacional se adhieran como Operador Económico Autorizado. Según la categoría asignada, el operador accederá a beneficios en capacitación en seguridad, espacio de diálogo OEA, publicidad de la categorización OEA, canal de atención exclusivo, prioridad ante contingencias, simplificación operativa, prioridad en fronteras, acuerdos de reconocimientos mutuos (ARM).
Operador Económico Autorizado - Resolución General 4451/2019 ( clic aquí )
Es un programa que se crea siguiendo los lineamientos de la Organización Mundial de Aduanas y dentro del marco normativo SAFE para asegurar y facilitar el comercio global.
La solicitud de ingreso es gratuita y voluntaria y son admitidos todos aquellos operadores de comercio exterior o integrantes de la cadena de suministro internacional que, a criterio de la Dirección General de Aduanas, cumplan con las obligaciones aduaneras, impositivas y de los recursos de la seguridad social y cuenten con un sistema de capacitación e implementación de medidas de seguridad de las mercaderías e integridad de la cadena logística.
Requisitos
Quien solicite la adhesión a OEA debe tener una antigüedad igual o superior a 3 años en la actividad, de acuerdo al Sistema Registral, y cumplir con las condiciones que se detallan.
- No registrar falta de presentación de declaraciones juradas o falta de pago de cualquier concepto exigible que correspondan a obligaciones impositivas, aduaneras o de la seguridad social vencidas durante los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.
- No contar con dictamen de procesamiento por delitos en materia tributaria, previsional o aduanera; en este punto se incluye, por el ejercicio de sus funciones, a los socios gerentes o directores de personas jurídicas.
- No contar con dictamen de procesamiento por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones impositivas, previsionales o aduaneras. También se incluye a funcionarios o ex funcionarios y socios gerentes o directores que cuenten con dictamen de procesamiento por el ejercicio de sus funciones.
- Tener registros actualizados, precisos, completos y verificables de las operaciones de importación/exportación. Para esto deberá disponer de un sistema informatizado de gestión de stock que permita el control de las mercaderías existentes en cada una de las instalaciones y estar equipado con un sistema de seguridad que evite la pérdida de datos y cuente con control de pistas de auditoría.
- Acreditar la tenencia de bienes y recursos necesarios para atender las obligaciones y compromisos financieros adquiridos para realizar la actividad comercial, que la situación financiera es estable y puede afrontar la inversión que exija la implementación y mantenimiento de las condiciones de la adhesión como OEA.
- Cumplir con los requisitos de seguridad que correspondan de acuerdo a la posición y actividad dentro de la cadena logística de importación y exportación:
- Seguridad de los socios comerciales.
- Seguridad del contenedor y demás unidades de carga
- Seguridad física de las instalaciones.
- Seguridad del personal.
- Seguridad en el acceso de personas a las instalaciones.
- Seguridad de las mercaderías.
- Capacitación al personal en materia de seguridad y amenazas internas y externas de la empresa.
- Planeación de la cadena logística.
- Seguridad y resguardo de la información.
- Aportar la matriz de riesgo de su cadena de suministro que permita identificar, analizar y valorar las amenazas, desarrollando un plan y medidas para mitigarlas.
Categorías y beneficios
Las categorías son cumplimiento, simplificación y seguridad; para la asignación y permanencia en cada categoría se solicita el cumplimiento de algunos de los requisitos enumerados.
Según la categoría en la que se encuentre, el operador accede a beneficios en capacitación en seguridad, espacio de diálogo OEA, publicidad de la categorización OEA, canal de atención exclusivo, prioridad ante contingencias, simplificación operativa, prioridad en fronteras, acuerdos de reconocimientos mutuos (ARM).
Procedimiento
Para solicitar la adhesión el operador debe autorizar a una persona humana para que se encargue de gestionar los trámites del programa a través del servicio con clave fiscal Gestión de Autorizaciones Electrónicas y la persona autorizada deberá tener registrados sus datos biométricos para aceptar la designación.
A continuación, la persona autorizada puede solicitar la adhesión mediante nota dirigida al Departamento Operador Económico Autorizado o a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros.
En la solicitud debe incluirse lo siguiente:
- Manifestar que no registra impedimentos de cumplimiento fiscal –requisitos 1, 2 y 3- .
- Comprometerse a cumplir con las obligaciones exigidas por la normativa aduanera, a facilitar el acceso del servicio aduanero a las instalaciones autorizadas, filmaciones de la operatoria de consolidación o desconsolidación y a efectuar controles sobre almacenes, inventarios, documentación, registros y sistemas informáticos, según corresponda a su actividad.
- Comprometerse a capacitar al personal sobre políticas de seguridad.
- Declarar el compromiso de la empresa y sus dependientes en la lucha contra el crimen organizado.
- Adjuntar en soporte digital y papel:
- El cuestionario de autoevaluación.
- Los estados contables de los últimos 2 ejercicios cerrados y vencidos a la fecha de presentación certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
- Instrumentos societarios constitutivos y legales que acrediten la designación de autoridades vigentes.
- Certificados de antecedentes de directores, administradores y socios ilimitadamente responsables, expedidos por el Registro Nacional de Reincidencia.
- Detalle de los sujetos titulares o con participación en el capital social o equivalente, en copia certificada y legalizada.
- Nota explicativa de las actividades comerciales que se desarrollan.
Los usuarios del Régimen de Aduana en Factoría y los del Régimen de Aduanas domiciliarias, se encuentran exentos de la presentación de los puntos b), c), e) y f).
Una vez recibida la solicitud de adhesión se registrará el trámite en el Sistema de Gestión de Expedientes y Actuaciones –SIGEA- y se informará al operador por SICNEA el número otorgado al trámite.
En el transcurso de la evaluación y análisis se podrá requerir la presentación de la documentación complementaria que se considere necesaria; posteriormente se notificará la aceptación o rechazo la solicitud a través de SICNEA.
Cuando se determine que el operador no cumple con alguno de los requisitos para la adhesión al programa, se otorgará un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación, para que se subsanen los incumplimientos.
De no regularizarse la situación observada en el plazo estipulado, se procederá al archivo de la solicitud sin más trámite, previa notificación. Esto impedirá la presentación de una nueva solicitud de adhesión por el plazo de 6 meses.
Casos particulares
Los importadores o exportadores que a la fecha se encuentren habilitados y con capacidad de operar como OEA, serán categorizados automáticamente en el nivel OEA-seguridad y continuarán con el canal de selectividad que hubieren obtenido. Esta categorización se limitará únicamente a las operaciones de exportación, pudiendo solicitar la incorporación para las de importación.
Los operadores que hubieran solicitado la incorporación al Plan Piloto OEA que aún no cuenten con su aprobación por encontrarse pendiente el cumplimiento de los requisitos, continuarán su adhesión al programa en el estado en que se encuentre el trámite.
Los usuarios que a la fecha se encuentren operando en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, podrán solicitar su incorporación al programa y se categorizarán en el nivel OEA-simplificación.