Mediante Resolución 2/2011, la Comisión Arbitral agrego dos campos al diseño de registro de percepciones y retenciones del Sistema SIRCAR.

Los nuevos campos permiten agregar el tipo de régimen de retención/percepción y el código de la jurisdicción a la cual se esta presentando la declaración jurada.

Es conveniente recordar que el SIRCAR fue establecido por la Resolución 84/2002 y se lo define como "un sistema especial de recaudación y control de responsables como Agentes de Recaudación (Retenciones y/o Percepciones) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que como contribuyentes se encuentran controlados por el Sistema SICOM" (Fuente: Comisión Arbitral). Para ingresar al sistema hay que dirigirse al sitio web www.comarb.gov.ar.

Los registros a importar en cada presentación de declaración jurada deben presentarse en un archivo de texto separados por comas. A continuación se detalla el nuevo diseño de registro.

Diseñó de registro para Percepciones

 

 

Diseño de registro para Retenciones

 

 

Vigencia

La nueva resolución regirá desde el 1 de julio de 2011.

Jurisdicciones adheridas

Según la resolución 84/2002 las jurisdicciones adheridas al SIRCAR son:

  • CATAMARCA
  • CORRIENTES
  • CHACO
  • CHUBUT
  • FORMOSA
  • JUJUY
  • LA PAMPA
  • LA RIOJA
  • MISIONES
  • NEUQUEN
  • RIO NEGRO
  • SALTA
  • SAN JUAN
  • SAN LUIS
  • SANTA CRUZ
  • SANTIAGO DEL ESTERO
  • TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
  • TUCUMAN

Vencimientos 2011

 

 

 

 

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