Mediante Resolución 2/2011, la Comisión Arbitral agrego dos campos al diseño de registro de percepciones y retenciones del Sistema SIRCAR.
Los nuevos campos permiten agregar el tipo de régimen de retención/percepción y el código de la jurisdicción a la cual se esta presentando la declaración jurada.
Es conveniente recordar que el SIRCAR fue establecido por la Resolución 84/2002 y se lo define como "un sistema especial de recaudación y control de responsables como Agentes de Recaudación (Retenciones y/o Percepciones) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y que como contribuyentes se encuentran controlados por el Sistema SICOM" (Fuente: Comisión Arbitral). Para ingresar al sistema hay que dirigirse al sitio web www.comarb.gov.ar.
Los registros a importar en cada presentación de declaración jurada deben presentarse en un archivo de texto separados por comas. A continuación se detalla el nuevo diseño de registro.
Diseñó de registro para Percepciones
Diseño de registro para Retenciones
Vigencia
La nueva resolución regirá desde el 1 de julio de 2011.
Jurisdicciones adheridas
Según la resolución 84/2002 las jurisdicciones adheridas al SIRCAR son:
- CATAMARCA
- CORRIENTES
- CHACO
- CHUBUT
- FORMOSA
- JUJUY
- LA PAMPA
- LA RIOJA
- MISIONES
- NEUQUEN
- RIO NEGRO
- SALTA
- SAN JUAN
- SAN LUIS
- SANTA CRUZ
- SANTIAGO DEL ESTERO
- TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
- TUCUMAN
Vencimientos 2011