Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final.
Facturación a Consumidores Finales
Obligación de identificación desde Enero 2025
Se deberá identificar al cliente cuando el importe de la operación sea igual o superior a:
- $ 417.288 para pagos con medios electrónicos autorizados (tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes)
- $ 208.644 para pagos en efectivo.
Datos a consignar, si se superan dichos topes:
- Apellido y nombres
- Domicilio
- CUIT, CUIL, CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)
Estos importes, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.