Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final.

Facturación a Consumidores Finales
Obligación de identificación desde Enero 2025

Se deberá identificar al cliente cuando el importe de la operación sea igual o superior a:

  • $ 417.288 para pagos con medios electrónicos autorizados (tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes)
  • $ 208.644 para pagos en efectivo.

Datos a consignar, si se superan dichos topes:

  • Apellido y nombres
  • Domicilio
  • CUIT, CUIL, CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)

Estos importes, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.

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