La Comisión Arbitral, prorrogó al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.
Resolución General 3/2020
Visto y considerando
VISTO y CONSIDERANDO: las Resoluciones Generales Nros. 9/2019 y 15/2019 en las que se establece la entrada en vigencia y posterior aplazamiento del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen general del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.
Que por razones técnicas operativas y a efectos de ultimar precisiones y asegurar una correcta implementación, resulta necesario prorrogar la entrada en vigencia de dicho sistema.
Articulado
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. Fernando Mauricio Biale - Agustin Domingo