En la siguiente tabla pueden consultarse las alícuotas de retención y de percepción del Impuesto sobre los Ingresos brutos en la Capital Federal. Dichas alícuotas comenzarán a regir a partir de octubre de 2012, tal como fue dispuesto por la Resolución 672/2012 (modificatoria de la Resolución 963-2011) de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
Alícuotas
Última modificación, con vigencia desde el 1º de octubre: AGIP: los locadores de inmuebles sufrirán una retención del 1,5% a cargo del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Alícuotas retenciones
Anexo sustituído por Res. 672-AGIP-12; BO 4003, 27-09-2012
Alícuotas percepciones
Anexo sustituído por Res. 672-AGIP-12; BO 4003, 27-09-2012