Así lo dispuso la Resolución 41/2013, publicada en la web del fisco bonaerense. La nueva modalidad alcanzará a los contribuyentes directos del impuesto (no ARBAnet) y sustituirá a la liquidación mediante el aplicativo SIAP.
Aspectos claves de la nueva norma
- Sujetos obligados: contribuyentes directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (No se incluyen quienes liquiden bajo la modalidad de ARBAnet o se encuentren comprendidos en el Convenio Multilateral).
- Obligaciones comprendidas: confección, presentación y pago de las declaraciones juradas originales y/o rectificativas (anticipos y DDJJ anual). Se incluye la generación y envío de declaraciones juradas relativas a períodos devengados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la norma.
- Vigencia: 1 de abril de 2014.
- La carga de datos se hará íntegramente desde el sitio web de ARBA (no más aplicativos SIAP) y podrá hacerse en sesiones sucesivas.
- Se podrán ingresar el detalle de las retenciones y percepciones sufridas en el período, de manera individual o a través de la transmisión electrónica de datos en lotes.
- Se considerarán presentadas en término las declaraciones juradas cuyo envío definitivo se hubieran efectivizado hasta la hora 24 del día en el cual opere su vencimiento.