Desde el 1 de noviembre, los monotributistas deben solicitar autorización a la AFIP antes de encargar la impresión de los comprobantes a la imprenta. A continuación se presenta una breve guía de los pasos a seguir para habilitar el punto de venta y solicitar el "Código de Autorización de Impresión" (C.A.I.).
Habilitación del punto de venta
- Ingrese en la página web de AFIP (www.afip.gob.ar), presione el botón “Acceso con Clave Fiscal” y luego ingrese su número de CUIT y clave fiscal.
- Posteriormente ingrese al servicio “Autorización de Impresión de Comprobantes”.
- Seleccione la opción “ABM Puntos de Ventas”
- Seleccione la opción “A/B/M puntos de ventas”
- Seleccione la opción “Alta”
- El sistema le solicitará que ingrese el código de punto de venta (cuatro dígitos numéricos), el nombre de fantasía (opcional), la vinculación con el sistema de facturación por el cual da de alta el punto de venta, en este caso “Factuweb (Imprenta) – Monotributo” y el domicilio asociado.
Tenga en cuenta que el domicilio asociado debe estar previamente dado de alta en el Sistema Registral.
Una vez ingresados los datos solicitados, seleccione el botón “Aceptar” - Una vez aceptados los datos, seleccione el botón “Confirmar”
- Seleccione el botón “Constancia” para visualizar la “Constancia de Alta – Puntos de venta y Domicilios”
- Seleccione el botón “Imprimir” para imprimir la “Constancia de Alta – Puntos de venta y Domicilios”
Solicitud del “Código de Autorización de Impresión” (C.A.I.).
- Ingrese en la página web de AFIP (www.afip.gob.ar), presione el botón “Acceso con Clave Fiscal” y luego ingrese su número de CUIT y clave fiscal.
- Posteriormente ingrese al servicio “Autorización de Impresión de Comprobantes”.
- Seleccione la opción “Solicitud de C.A.I.”
- Seleccione la opción “Solicitud Manual”
- En primer lugar el sistema le solicitará que manifieste si la solicitud de C.A.I. es para comprobantes de “resguardo” ante contingencias que se pueden dar en otros sistemas de emisión (Controladores fiscales, factura electrónica, etc.).
- Ingreso de Comprobantes
- Si no son comprobantes para resguardo deberá indicar:
- el punto de venta en el cual se van a utilizar los comprobantes,
- el tipo de comprobante a imprimir y
- la cantidad solicitada
- Si son comprobantes para “resguardo”, hacer “click” en la opción “Si los comprobantes son de resguardo" e ingresar, adicionalmente a los datos indicados en el punto 5.1.a. los códigos del o de los puntos de venta de los otros sistemas por los cuales pide el C.A.I. de resguardo.
Utilice el botón “Agregar” para incorporar los puntos de venta de resguardo ingresados y el botón “Guardar” para grabar la información ingresada.
- Si no son comprobantes para resguardo deberá indicar:
- Ingreso de Autorizados: Seguidamente deberá informar los datos de la o las personas autorizadas a gestionar los formularios ante las imprentas autorizadas por la A.F.I.P. De no ingresar información, y siendo el solicitante una persona física, el sistema interpretará que la misma persona que solicita el C.A.I. es la que realizara las gestiones ante la imprenta y será la autorizada a retirar los talonarios impresos.
- Confirmación de datos: Una vez ingresada la totalidad de los datos, seleccionar el botón “Confirmar”.
- Ingreso de autorizados: Utilice el botón “Agregar” para incorporar al o los autorizados
- Ingreso de Comprobantes
- Generación de “Constancia de C.A.I.”: Confirmados los datos, el sistema genera la Constancia respectiva, la que deberá ser entregada a la imprenta en oportunidad de realizar la solicitud de impresión.
- Recepción de comprobantes: Una vez que el autorizado retira los talonarios impresos deberá ingresar nuevamente al servicio con clave fiscal “Autorización de Emisión de Comprobantes” (VER Paso 1 y 2), seleccionar la opción: “Recepción de C.A.I” y tildar el casillero correspondiente al retiro de talonarios
- Generación de “Constancia de Información de Recibo de C.A.I.”: Confirmados los datos, el sistema genera la Constancia respectiva.
Tenga en cuenta que de no completar el procedimiento no podrá solicitar nuevo C.A.I, para el punto de venta y el comprobante pendiente de cierre.