La Junta de Gobierno de la FACPCE en su reunión del 29 de septiembre, en San Juan, aprobó la resolución JG Nº 539/18 relacionada con el ajuste por inflación contable.
Las principales características de la misma son:
- Reemplazo del índice para la determinación del coeficiente de reexpresión: se sustituye el IPIM por un empalme entre el IPIM y el IPC Nacional.
- Modificación de la Interpretación 3, de la Resolución 536-18 y la RT 41 en temas relacionados.
- Solicitar a CENCyA la preparación de distintos informes y guías para facilitar la aplicación de la RT 6 y de la NIC 29.
- Establecer que:
- Los estados contables cerrados hasta el 30.6.2018 no deben ajustarse.
- Los estados contables cerrados a partir del 1.7.2018 (inclusive) deben ajustarse.
- En el primer ejercicio de aplicación del ajuste por inflación el ente podrá elegir opciones que buscan facilitar su implementación.
- Deberá presentarse determinada información en notas.
- La forma en que interactúan la RT 48 y la RT 6.