Mediante Resolución 3/2011, la IGJ aclara que las asociaciones civiles deberán iniciar el trámite previsto por la reglamentación, a los fines de informar el cambio de autoridades, en forma independiente a la obligación de presentar la documentación pos-asamblearia. Además, se establece los pasos a seguir para informar el cambio de sede social.
Según la resolución las modificaciones entrarán en vigencia a partir del 2 de enero de 2012.
Documentación pos-asamblearia
Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la celebración de la asamblea ordinaria, se deberá presentar:
- Copia del acta de la asamblea ordinaria, con indicación de la nómina de asociados asistentes discriminando su número total y el número de los que poseían derecho a voto al día de la asamblea; debiendo constar también si la asamblea fue realizada en primera o en segunda convocatoria.
- Nuevo ejemplar de los estados contables, si fueron modificados por la asamblea.
- Si la asamblea trató la renovación de las autoridades sociales, se deberá acompañar la nómina de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, indicando su nombre y apellido, documento de identidad, CUIT o CUIL, domicilio real, cargo y duración del mismo; sin perjuicio de la presentación ante este Organismo del trámite previsto en el artículo 427 en forma independiente.
Cabe aclarar que el tercer punto debe realizarse en forma independiente al siguiente procedimiento.
Cambio de autoridades
En los casos que se modificare la composición del órgano de administración, se deberá presentar dentro de los 15 días de producida la modificación:
- Formulario de actuación y dictamen de precalificación indicando la causa de dicha modificación y si correspondiere, la disposición estatutaria que la autoriza.
- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad, cuyas firmas deberán estar certificadas notarialmente y deberá contener la trascripción del acta de asamblea que designa las nuevas autoridades, indicándose los folios y datos de rúbrica del libro de actas pertinente. Adjunto se acompañarán copias de tamaño normal y protocolar.
- Nómina de los miembros titulares y suplentes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización, indicando su nombre y apellido, documento de identidad, CUIT o CUIL, domicilio real, cargo y duración del mismo y declaración jurada de cada uno mediante la cual constituyen domicilio especial y manifiestan que no se encuentran comprendidos en inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para revestir dichas calidades.
Se aclara que la presentación requerida puede ser efectuada mediante trámite urgente.
Cambio de sede social
La Resolución 7/2005 de la IGJ distingue dos situaciones a los fines de comunicar el cambio de sede social, a saber:
- Sin reforma estatutaria: se debe presentar:
- Formulario de actuación y dictamen de precalificación.
- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad, conteniendo la trascripción del acta de la reunión de la comisión directiva o del consejo de administración en la que se aprobó el cambio de la sede social. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas pertinente.
- Con reforma estatutaria: en esta ocasión debe presentarse:
- Formulario de actuación y dictamen de precalificación.
- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original firmado por el presidente y el secretario de la entidad, conteniendo la trascripción del acta de la asamblea de la asociación civil o de la reunión del consejo de administración de la fundación en que fue resuelta la modificación estatutaria o del reglamento. Deberán indicarse los folios y datos de rúbrica del libro de actas en que obrare el texto transcripto.
- Transcripción por separado del texto completo de los artículos modificados, en instrumento privado original –con copias como se indica en el inciso anterior– con la firma del Presidente y el Secretario del órgano de administración de la entidad.