• El Consejo Profesional porteño solicitó la prórroga de Ganancias y Bienes Personales

    El Consejo Profesional de la Ciudad de Buenos Aires solicitó a la AFIP que se reconsideren las fechas de vencimiento en los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para Personas Físicas y Sucesiones Indivisas correspondientes al año fiscal 2011.

  • Bienes Personales: modificarán el gravamen para dotarlo de mayor progresividad

    Se actualizará el mínimo a $ 500.000 y se incrementará la alícuota máxima al 1,5%. Con la modificación, la escala será progresiva por tramos, similar al Impuesto a las Ganancias, tributando un importe fijo más una parte variable.

  • Los saldos a favor sólo se podrán compensar con deudas propias

    La AFIP decidió modificar el régimen de compensación de saldos impositivos luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitara a un responsable sustituto, en el Impuesto sobre los Bienes Personales, a compensar la deuda del impuesto con saldos de libre disponibilidad en el IVA. La nueva regulación se ajusta al criterio sostenido por el fisco, restringiendo el alcance de la compensación.

  • Software: los beneficios fiscales se extienden hasta el 2019

    El Senado aprobó el proyecto que modifica la Ley de Promoción del Software. Con la reforma se  busca estimular el sector exportador y extender el beneficio por cinco años más.

  • Ganancias y Bienes Personales: La AFIP indica tratamiento a dispensar al matrimonio igualitario.

    Mediante Circular 8/2011 la AFIP aclaró cual es el tratamiento que se debe aplicar en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales a las rentas y bienes de la sociedad conyugal luego de la sanción de la ley de matrimonio igualitario (Ley 26618).

  • Bienes Personales: valuaciones computables al 31 de diciembre de 2010

    La AFIP publicó en el Boletín Oficial (03/03/2011) la Resolución 3050 que establece las Valuaciones Mínimas Computables al 31 de diciembre de 2010 para el Impuesto al los Bienes Personales.

    A los fines de determinar la base imponible es necesario determinar el valor de cada bien integrante del patrimonio personal al 31 de diciembre de cada año. Para ello la Ley 23.966 fija los criterios de valuación aplicable a cada tipo de bien, y en el inciso b) del artículo 22 (Valuaciones aplicables a los Bienes situados en el país) establece que, en el caso de automotores, el valor a consignar no podrá ser inferior al que establezca la AFIP.