Mediante Decreto 394/16 , el gobierno nacional hizo efectivo el incremento que se anunció hace unos días, el cual resulta de aplicación para todos los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y autónomos ( Se modifica el Art. 23 de la Ley de Imp. a las Ganancias ). Los solteros sin hijos, comenzarán a pagar el impuesto a partir de los $ 18.880 ( netos de aportes ) y los contribuyentes que tengan una familia tipo ( cónyuge y dos hijos ) lo harán a partir de los $ 25.000 netos. Se deroga el Decreto 1242/13 ( el cual eximia a quienes ganasen menos de $ 15.000 entre enero y agosto de 2013 ). Vigencia: desde enero de 2016.

Deducciones personales ( Decreto 394/2016 )

Deducción Hasta diciembre 2015 ( 1 ) Enero 2016 Enero 2017
Mínimo no imponible ( Art. 23, inc a ) 15552 42318 51967
Deducción por carga de familia (Art. 23, inc. b). (2)
1. Cónyuge 17280 39778 48447
2. Hijo (3) 8640 19889 24432
3. Otras Cargas (4) 6480 19889 0
Deducción especial ( Art. 23, inc c ) 74649.6 203126.4 249441.6
Total anual
Total mensual ( neto de aportes )
Total mensual ( bruto ) Aportes

Notas:

  1. El Decreto 1242/13 eximió del impuesto a quienes hayan obtenido una retribución ( sueldo o jubilación ) menor a $ 15.000 brutos mensuales, entre los meses de enero a agosto de 2013.

    Mediantes Resolución 3770/15, la AFIP aplicó una solución similar a la anterior, pero computando las rentas devengadas a partir de enero de 2015.

  2. Siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores a $ 15.552 ( ahora de $ 42.318 ), cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto.
    Estas deducciones sólo podrán efectuarlas el o los parientes más cercanos que tengan ganancias imponibles.

  3. Menor de 18 años ( 24 años hasta el período fiscal 2016 ) o incapacitado para el trabajo.

  4. ( aplicable hasta el período fiscal 2016 ) Descendientes en línea recta (nietos y bisnietos) menores de 24 años o incapacitados para el trabajo;
    ascendientes (padres, abuelos, bisabuelos, padrastros );
    hermanos menores de 24 años o incapacitados para el trabajo;
    suegro ;
    yerno o nuera menor de 24 años o incapacitado para el trabajo.

Otros anuncios realizados la semana pasada:

  •  Impuesto a las Ganancias:
    • No se modificarán las escalas del Art. 90 de la Ley, por lo cual quienes tributen el impuesto, seguramente lo harán con una alícuota más elevada.
    • El incremento de las deducciones personales es retroactivo a enero, por lo cual los importes retenidos en exceso serán devueltos en las próximas liquidaciones ( próximo pago de sueldo o jubilación). Aún resta que se publique una resolución de la AFIP.
    • Deducción por personal doméstico: se incrementa de $ 15.552 a 42.318 anuales.
  • Monotributo:
    • No está bajo análisis la modificación de ninguno de los parámetros del impuesto.
  • Asignaciones familiares:
    • Se duplicarán los topes de ingresos ( Individual pasa de $ 15.000 a $ 30.000, y el familiar de $ 30.000 a $ 60.000 ). Por la medida, se verán beneficiados más de 1.200.000 de nuevos chicos.

Comentarios

0 #12931 Pablo Bartolucci 23-02-2016 08:27
Deseo suscribirme. Gracias.
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0 #12930 Ana Inés 23-02-2016 07:33
Gracias!
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0 #12928 Luis Diaz 23-02-2016 06:27
Hola Cr, buenos dias. Mi pregunta es la siguiente; necesito dar de alta a un Sindicato, yo lo puse como "Otras entidades civiles", pero el sistema me tira un error porque dice que esa figura no esta en el nuevo codigo civil.
Me podría dar una mano al respecto. Muchas Gracias.
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0 #12910 JUAN SIGNORELLI 21-02-2016 21:16
En que categoria entra un jubilado casado,que supere el MNI? ( aun considerando la ilegalidad de esta retencion por doble imposicion).Gracias por su atencion.Saludos
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0 #12943 Marcos Aranda 23-02-2016 11:19
4ta categoria
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+3 #12884 marcelo pin 19-02-2016 19:36
leer
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0 #12878 JUAN jose 19-02-2016 16:14
deseo suscribirme
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0 #12875 francob 19-02-2016 15:31
Las entradas que no deben superar los familiares ,incluidos en deducciones familiares, son 42318 brutos o netos?
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0 #12871 Estela Marisa 19-02-2016 11:02
Ya te había dicho que sos un genio? Gracias Dr. Vega!!!
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+1 #12900 Cdor. Jorge Vega 20-02-2016 18:16
Gracias a vos Estela !!!!
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