Se modifican dos artículos de la Res. 1/2021, aclarándose que la expresión “administración” refiere a administración central o sede central, no siendo aplicable en relación a dichos conceptos la Resolución General N° 109/2004.
Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” (devengado Diciembre de 2021), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 22 y 28 de diciembre de 2021, inclusive.
Se establece un subsidio extraordinario a jubilados y pensionados por un monto máximo de $8000 que se pagará en el mes de diciembre de 2021.
Se establecen los nuevos importes correspondientes a Aranceles de Inscripción; de Renovación Anual; de Levantamiento de Baja Empresaria voluntaria y Emisión de Credencial de Registro Laboral, entre otros trámites.
Se aclara que la asignación extraordinaria prescripta en las Resoluciones de la CNTA Nros 117 (Avícola), 137 (Olivícola), 138 (Forestal), 139 (General), 140 (Riego presurizado), 141 (Tractoristas), 142 (Fitosanitarios), 143 (Arándanos), 144 (Porcina) y 190 (Tabaco), sera considerada no remunerativa a solo efecto de la realización de los aportes y contribuciones previsionales (primer párrafo del Articulo 10 de la Ley 24.241 ).
A continuación se listan los valores de los aportes y de las contribuciones vigentes desde el mes de noviembre de 2021 ( vencimiento en diciembre ), los cuales varían en función a la edad, condición ( activo o jubilado ) y a las horas trabajadas en la semana.
La AFIP postergó la obligación de recambio de los controladores de vieja tecnología a la nueva, estableciendo un nuevo cronograma que se extiende hasta el 31/01/2022 y el 30/04/2022 (dependiendo de la cantidad de controladores).
Se fija en $ 100 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de febrero de 2022 sobre los haberes devengados en el mes de enero de 2022.
Mediante Resolución 5106/21, la AFIP decidió extender hasta el 31 de enero de 2022 la vigencia de la modificación transitoria dispuesta por la resolución 4548 a la cantidad de planes, cuotas y topes en la tasa de financiamiento, así como a los cambios introducidos por la Res. 5.057/2021, en la cantidad máxima de cuotas, para los casos de deudas con ajuste de fiscalización.
La AFIP, mediante Res. Gral. 5108, extendió la suspensión de las exclusiones sistémicas del Monotributo (hasta el 3 de enero de 2022) y de las bajas por falta de pago (10 meses consecutivos).
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