FAECyS acordó junto con las cámaras empresarias del sector (CCT 130/75), la extensión de los acuerdos de suspensiones hasta Diciembre de 2020 (con un plazo máximo de 60 días a computar desde el 1° de octubre). Además, se convalidan todos los convenios de emergencia de suspensiones concertados en forma individual entre las empresas y trabajadores desde el vencimiento del acuerdo marco anterior.
La CAC informó en su web que junto a la FAECYS, acordaron el pago de 6 sumas extraordinarias de $ 5.000 cada una a pagar en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, enero, febrero y marzo de 2021, las cuales devengarán presentismo y antigüedad. Además, se incorporará al básico el incremento solidario de $ 4000 y la suma fija de $ 2000 (acuerdo de febrero).
UTHGRA difundió un nuevo acuerdo salarial que regirá a partir de octubre ( pendiente de homologación ) para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 401/05 ( empresas concesionarias de establecimientos públicos y/o privados ).
La CNTA difundió la Resolución que establece un aumento salarial del 32%, 20% retroactivo a julio y 12% en noviembre. A continuación se puede descargar la resolución completa.
Se establece la forma y demás condiciones a fin de que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de Septiembre.
La AFIP reglamentó la extensión del plazo para adherir al beneficio y se establecen los períodos (monotributo y autónomos) que se cancelarán según el mes de desembolso.
Los Bancos están comunicando por email a sus clientes las nuevas restricciones que impuso el BCRA a la compra de dólares, las cuales se enumeran a continuación.
La UATRE informa el incremento salarial para los trabajadores rurales que desempeñan sus tareas como personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario en todo el país. El acuerdo salarial con las entidades en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) resolvió aumentar el salario mínimo un 32% en dos tramos, 20% a partir de julio de 2020 y 12% desde noviembre. Esta medida establece el sueldo mínimo del trabajador en $35.246,08 desde julio y $38.770,70 desde noviembre e incluye una cláusula de revisión para enero de 2021.
La Jefatura de Gabinete aprobó las recomendaciones formuladas por el COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN, en el Acta Nº 21, cuyos Anexos, integran la presente.
Mediante Decreto 761/2020 se prorroga por 60 días más la prohibición de despidos sin causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, así como las suspensiones (salvo las pagas por Art. 223 bis).
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