Debido a la emergencia decretada, la AFIP habilitó la presentación digital a los fines de acreditar la condición de entidad civil sin fin de lucro y poder acceder a la moratoria de hasta 120 cuotas, establecida por la Ley de Solidaridad, reglamentada por la RG 4667/2020 de la AFIP.
Por medio del nuevo trámite, el contribuyente podrá bajar de categoría, por alguna causa determinante que impida esperar al período de Recategorización que ocurre en enero y junio de cada año. Se aclara que una vez transcurridos los efectos de la Pandemia, la AFIP podrá requerir su certificación o promover la verificación.
Abren el lunes 20, con un protocolo de salubridad. Atenderán con un cronograma según el último número del DNI. Se podrá pagar máximo 8 facturas por persona.
A continuación se puede consultar el listado completo de actividades afectadas en forma crítica y con evidencias de un menor grado de afectación, incluyendo a las incorporadas por la Decisión Administrativa 516/2020 (Bol. Oficial: 17/04/2020).
Se establece un plazo adicional de 90 días corridos que se sumará al establecido en el artículo 4° de la Resolución General N° 2.513, para el cumplimiento de las obligaciones previstas en los incisos a) y b) de su artículo 2°, a los contribuyentes y responsables que deben efectuar la comunicación de la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones, establecida en el artículo 80 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y su modificación.
La AFIP publicó una Guía para los empleadores del Sector Salud, quienes pueden aplicar el beneficio de reducción de las contribuciones al SIPA (Decreto 300/2020) para los períodos marzo, abril y mayo de 2020.
La AFIP publicó la Resolución que oficializa la prórroga del plazo para acceder y proporcionar la información que se solicita a los fines de acceder a los beneficios del Decreto 332/2020.
Por Twitter, la AFIP informó en la tarde de hoy que extiende por un día el plazo para que los empleadores se registren y accedan a los beneficios del Decreto 332/2020 (subsidio para el pago de sueldos y prórroga o reducción de contribuciones al SIPA). En el Programa, deberán cargarse las ventas, día por día, de los períodos comprendidos entre el 12 de marzo y 12 de abril, de los años 2019 y 2020. En algunos casos (según la actividad), se requerirá información adicional.
Mediante Decreto 332/2020 el Gobierno ha creado el "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción", en el cual se prevén beneficios para empleadores y empleados que intentan paliar los efectos de la crisis que nos aqueja actualmente. En la presente publicación, nos abocaremos a explicar uno de ellos: la "Asignación Compensatoria al Salario", la cual se otorgará a aquellas empresas con hasta 100 empleados y subsidiará una parte del sueldo de cada trabajador (hasta un Salario Mínimo Vital y Móvil).
Mediante Resolución General 4697/2020, la AFIP deroga la Resolución 3.293, sustituyendo y ampliando los regímenes por ella previstos, habilitándose, además, la declaración y presentación mediante servicios en la web de la AFIP.
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