El pago será no remunerativo, proporcional a la jornada y podrá ser tomado como pago a cuenta aumentos que surjan de una revisión salarial de los acuerdos celebrados este año. En principio deberá pagarse junto a los sueldos de noviembre y enero, salvo para las empresas en crisis, que podrán acordar otros plazos e importes. Respecto a los despidos sin causa que se produzcan antes del 31/03/2019 deberán comunicarse al Ministerio de Trabajo con 10 días hábiles de anticipación.
Habiendo finalizado el período de consulta del Indice establecido por la Resolución de Junta de Gobierno 539/18, la FACPCE publicó el Indice para que sea utilizado por los entes que aplican el ajuste por inflación, el cual tiene pequeñas diferencias con el publicado para consulta.
Mediante Decreto 976/2018, publicado en el boletín oficial de hoy, el Poder Ejecutivo efectuó precisiones sobre el alcance del impuesto a los resultados que deriven de la enajenación de inmuebles e indemnizaciones laborales tras las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 ( BO 29/12/2017 ).
Se extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre, se podrán incluir deudas vencidas al 30/09/2018 y se habilitará la posibilidad de reformular los planes de las resoluciones 4.057 ( impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales ) y 4.166 ( excluidos del monotributo ). La norma entra en vigencia a partir de hoy ( 30/10/2018, fecha de publicación ) y será de aplicación a partir del 1 de noviembre.
Entre otras modificaciones , se incrementa de $ 10 a $ 100 el importe de una operación que obliga a los comerciantes a aceptar pagos mediante tarjeta de débito o su equivalente y se establecen algunas condiciones que deberán cumplir las transferencias bancarias instrumentadas mediante dicho sistema.
Temas tratados :
Las resoluciones números 3.561 ( modificada recientemente por la Res. 4292 ) y 4.290 establecen los plazos y condiciones para la utilización del controlador fiscal. El tipo de controlador a utilizar ( de vieja o nueva tecnología ) dependen de la actividad del contribuyente y de la fecha de inicio de actividades.
Se homologó el Acuerdo salarial firmado por la UOCRA ( CCT 76/1975 y 577/2010 ) el pasado 22 de agosto que establece un incremento salarial a pagar en forma acumulativa en los meses de septiembre ( 4% ) y noviembre ( 3% ) de 2018 y enero de 2019 ( 3% ).
La Secretaría de Trabajo finalmente homologó el acuerdo salarial para los empleados de comercio ( CCT 130/75 ) que establece el adelantamiento total para este mes del 10% que se iba a pagar en forma escalonada en los meses de octubre ( 3% ), noviembre ( 3% ) y enero de 2019 ( 4% ).
Así lo dispuso la AFIP mediante Resolución 4320, publicada en el Boletín Oficial de hoy. El nuevo procedimiento permitirá obtener la CUIT en forma totalmente digital, sin que se requiera la culminación del trámite en la Agencia. Se aclara que cuando la CUIT se obtenga de esta manera, no se requerirá la registración de los datos biométricos ( fotografía, firma y huella dactilar ) a efectos de declarar la o las actividades económicas y el alta en los respectivos impuestos y/o regímenes.
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