Espero que pasen una hermosa noche con sus familiares y amigos. Que tengan mucha paz y prosperidad en sus hogares. Les agradezco a cada uno de ustedes por el apoyo que me brindan diariamente, nos vemos en la próxima publicación y en las redes sociales.
Cdor. Jorge Héctor Vega
Mediante Resolución 64/15, ARBA dispuso prorrogar hasta el 29 de febrero próximo la vigencia de múltiples regímenes de regularización de deudas impositivas (Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones, Sellos).
En conferencia de prensa, Macri anunció que antes de fin de mes se otorgará una ayuda de $ 400 para los sectores más vulnerables, que sean titulares de una asignación universal (por hijo o embarazo) o de una jubilación mínima.
Además, se aclara que las percepciones del 35% (dólar tarjeta y turismo) y del 20% (dólar ahorro) conservarán el carácter de impuesto ingresado y podrán computarse en los impuestos respectivos o se podrá solicitar su devolución, de corresponder. En los casos de que se retiren los dólares depositados antes del plazo previsto (365 días) sufrirán la percepción del 20% según la cotización del día anterior.
Mediante Resolución 3820/2015, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2016.
Así lo dispuso un comunicado del Banco Central, que rige desde el día de ayer. Por importes mayores se deberá operar a través de débito bancario, Mercado Electrónico de Pagos o mediante cheque a nombre del cliente.
El gobierno nacional publicó el decreto que establece un incremento de la deducción especial hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del aguinaldo. La medida alcanzará a jubilados y trabajadores cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de julio a diciembre de 2015, no supere la suma de $ 30.000.
Cómo lo prometió Prat Gay (Ministro de Hacienda y Finanzas) el día anterior a la liberación del mercado de cambios, a los efectos de fomentar el ingreso de divisas, se reduce el plazo de permanencia de fondos provenientes del exterior de 365 a 120 días. Además, se elimina la retención del 30% de dichos fondos. Cabe recordar, que la normativa vigente tiene como finalidad reducir las posibles consecuencias originadas en los movimientos de capitales especulativos.
Entre otras medidas: se elimina la validación de la AFIP ( se analizará la capacidad contributiva en forma posterior ), los particulares y empresas podrán comprar hasta 2 millones de dólares por mes, se liberan el pago de las importaciones y se establece un cronograma para el pago de importaciones ya embarcadas.
El pago a cuenta del 5% (antes del 35%) alcanzará solamente a las operaciones que se cancelen en efectivo y podrá computarse en el Impuesto a las Ganancias o en Bienes Personales, y para quienes no resulten contribuyentes podrán solicitar su devolución. Se deroga el régimen general anterior que regía para todas las compras en el exterior y para la tenencia de moneda extranjera. Ahora se extralimita a las operaciones de turismo.
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