Mediante Resolución 176/2020, el Ministerio de Trabajo derogó la Resolución N° 168/2018, de modo tal que los empleadores no podrán efectuar el pago de las remuneraciones mediante la utilización de dispositivos de comunicación móviles u otros soportes electrónicos habilitados, aún cuando existiere aceptación explícita y fehaciente por parte del trabajador.
VISTO el Expediente Nº 320/2020 caratulado “PROYECTO DE RG S/ REGLAMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 11 DEL DECRETO N° 99/2019” del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, lo dictaminado por la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión Abiertos, la Subgerencia de Fondos Comunes de Inversión Cerrados, la Gerencia de Fondos Comunes de Inversión, la Subgerencia de Normativa y la Gerencia de Asuntos Legales, y ...
Así lo estableció la AFIP, mediante Resolución 4681/2020, la cual formaliza la vigencia de la nueva versión del aplicativo (N° 42). Respecto a los períodos diciembre y enero, las rectificativas deberán tener por objeto aplicar las detracciones previstas por la Ley de Solidaridad, y respecto a los períodos enero y febrero, a los fines de aplicar el Decreto 14/2020 (Incremento Solidario de $ 3000 y $ 4000).
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) publicó en su web la homologación de la revisión salarial firmada el 27/02/2020 la cual establece el otorgamiento de sumas fijas de $ 1000 para febrero y marzo y de $ 2000 para abril.
Tras la firma del acuerdo salarial (11% sobre salarios de marzo de 2019), la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) publicó las escalas salariales que regirán a partir del 1 de marzo de 2020. El incremento pactado absorbe hasta su concurrencia los $ 4.000 de "Incremento Solidario" del Decreto 14/2020 ($3.000 en enero y $ 4.000 desde febrero).
En la siguiente tabla se muestran los valores vigentes que se deben pagar a los empleados de comercio durante los meses de febrero, marzo y abril de 2020, conforme al Decreto 14/2020 (Incremento solidario) y al acuerdo firmado el año 2019 (Mayo 2019) complementado por la revisión salarial del mes de febrero de 2020.
Se establece un plan de facilidades de pago del RENATRE destinado a empleadores rurales de todo el país con el objeto de cancelar las obligaciones de la seguridad social que se adeuden al 31/12/2020. Respecto a los períodos vencidos al 31/12/2019, se concede un beneficio de quita de intereses resarcitorios.
El Ministerio de Trabajo, ante la suspensión de la Ley de Movilidad, estableció que el aporte de los trabajadores autónomos se actualizará en este mes de marzo conforme la variación de la Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables (RIPTE) correspondiente al tercer trimestre del año 2019 (9,38%). El mismo incremento porcentual alcanzará, entre otros conceptos, a las bases imponibles mínima y máxima de la seguridad social.
Entre otras novedades, se incorpora un campo para la detracción adicional para empresas del sector privado con hasta 25 empleados (Art. 23 de la Ley 27541) y se habilita la exención de las contribuciones patronales sobre el Incremento Solidario del Decreto 14/2020 para los meses de enero a marzo de 2020 ( para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente). Además, se actualiza la alícuota del Seguro de Vida Obligatorio con vigencia a partir del período 03/20.
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires publicó las respuestas de la AFIP a las preguntas que elaboró dicha entidad sobre la moratoria de la Ley de Solidaridad, reglamentada por la Resolución 4.667.
Cargando PDF
( por favor aguarde un momento )