LA AFIP estableció el procedimiento que deberán observar los sujetos alcanzados por los beneficios establecidos por la Ley 27.562 (para monotributistas, autónomos y MiPyMES). Habrá plazo hasta el 30 de noviembre.
Se establece la forma y demás condiciones a fin de que las empresas accedan al beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” correspondiente al mes de Octubre.
La AFIP reglamentó los beneficios de reducción y postergación de las contribuciones al SIPA (jubilatorias) devengadas en el mes de octubre. Por otro lado, se modifica el régimen de facilidades de pago de la Res. Gral. 4.734 a los fines de incluir las obligaciones que se postergan en el mencionado mes. Por último, se prorroga el vencimiento de presentación y pago (a los días 12, 13 y 16), de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado octubre.
El Gobierno Nacional extendió hasta el 29 de noviembre el aislamiento y distanciamiento obligatorio en todo el país, estableciendo el marco normativo que regirá para este nuevo período.
Los contribuyentes y las contribuyentes y/o responsables de los recursos de la seguridad social, comprendidos en el régimen de empleadores, estarán sujetos al procedimiento de fiscalización y de determinación de deudas mediante la utilización de sistemas informáticos, previsto en el punto 1.4. del Anexo de la Resolución General N° 79 y sus modificatorias.
La determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del release 7 de la versión 42 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, que se aprueba por la presente y estará disponible en la opción “Aplicativos” del sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar).
UTHGRA firmo un nuevo acuerdo salarial aplicable a los establecimientos gastronómicos y hoteleros comprendidos en el CCT 389/04, estableciéndose una nueva escala salarial que regirá desde octubre, absorbiendo el incremento solidario del Decreto 14/2020 ($ 4000). También, se extiende la vigencia de la Contribución Solidaria desde julio de 2020 hasta el 31/05/2021.
Mediante DNU 833/2020 (BO: 31/10/2020), el Gobierno Nacional oficializó la prórroga del plazo para que los contribuyentes pueden adherir a la moratoria ampliada. Habrá tiempo hasta el 30 de noviembre.
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó el programa de Transferencias 3.0, una nueva normativa que empezará a operar el 7 de diciembre e impulsará los pagos digitales y promoverá una mayor inclusión financiera en el país. El propósito de la modernización del sistema es expandir el alcance de las transferencias inmediatas, lo que permitirá construir un ecosistema digital de pagos abiertos y universales que esté en condiciones de sustituir al efectivo con eficiencia y seguridad.
AFIP publicó una guía donde se explica la forma de declarar a los trabajadores que se encuadran dentro del artículo 24 del Decreto 792/2020 (Mayores de 60, embarazadas y Grupos de Riesgo). Deberá utilizarse una nueva situación de revista (50 - "Dec. 792/20. Art.24"), la cual aún no está disponible en el SICOSS o Declaración en Línea.
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