Se consideran incluidos en el marco del Programa “PUENTE AL EMPLEO”, creado por el Decreto N° 551 del 29 de agosto de 2022, a los programas sociales, educativos y de empleo enunciados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente resolución, con la indicación del beneficio aplicable en cada caso.
Se extiende el ámbito de aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 a los trabajadores asociados en Cooperativas de Trabajo (Ley N° 20.337), la cual quedará condicionada a que la propia cooperativa solicite su inclusión en dicho régimen.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 149 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de septiembre de 2022 (vencimiento en octubre).
Se establece el procedimiento a los fines de que los sujetos obligados a utilizar el “Remito Electrónico Cárnico” (REC) consignen el número del remito en los comprobantes electrónicos que respalden las operaciones de venta de carne y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovina/bubalina y porcina (RG 4.291). Por otro lado, se modifica la Res. 4.256 (la cual establece el uso del "REC"). La norma resultará de aplicación optativa para los comprobantes electrónicos que deban emitirse a partir del 15.11.2022 y obligatoria para aquellos a emitir desde el 15.12.2022.
Así lo estableció el Banco Central el día de hoy (15.09.2022), mediante Comunicación "A" 7606. De esta manera, las personas usuarias de los suministros de gas natural por red, de energía eléctrica y de agua potable, mientras reciban subsidio en alguno o todos esos servicios, no podrán acceder al mercado oficial ni realizar operaciones con títulos y otros valores con liquidación en moneda extranjera.
El BCRA informa que la tasa mínima para depósitos de hasta 10 millones de pesos no ajustables por “UVA” o “UVI” constituidos por personas humanas, es de 75% nominal anual (TNA) lo que equivale para un plazo de 30 días a una tasa efectiva anual de 107,05% (TEA). La nueva tasa comenzará a regir a partir del viernes 16.09.2022,
Mediante Resolución 1762/22, el Ministerio de Trabajo homologó el nuevo acuerdo salarial que establece un aumento adicional del 14%, para los meses de septiembre, octubre y noviembre 2022, en el marco de los convenios colectivos números 76/75 y 577/10 ( UOCRA, CAMARCO Y Federación Argentina de Entidades de la Construcción ).
Mediante Res. 10/2022, la Comisión Arbitral establece la entrada en vigencia a partir del 1 de octubre de 2022 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Buenos Aires y Tucumán.
UOCRA y CAMARCO acordaron un 14% de aumento, complementario al acuerdo de abril, que se pagará en tres tramos en los meses de septiembre (+5%), octubre (+5%) y noviembre (+4%).
Se establece un refuerzo mensual de $ 20.000 a la asignación por hijo e hijo con discapacidad, cuyos titulares sean trabajadores en relación de dependencia o desempleados. Es requisito que el ingreso del grupo familiar no supere los $ 131.208. El mencionado importe sustituye a la asignación habitual y se pagará durante los meses de septiembre, octubre y noviembre.
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