La AFIP prorrogaría las fechas de vencimientos previstas para los días 11, 12 y 13 de septiembre a los días 13, 14 y 15, correspondientes a la presentación del Libro de Sueldos Digital y F931 del devengado agosto. Por otro lado, se habilita la carga del código 560006 en el Libro Sueldos Digital, a los fines de informar la Asignación No Remunerativa del Dto. 438/2023, y el cómputo a cuenta de las contribuciones patronales.
Normativa relacionada:
- Decreto (DNU) 438/2023 - Asignación No Remunerativa
- Trabajo - Res. 1125/2023 - Asignación No Remunerativa Dto. 438/2023 - Precisiones
- AFIP - Res. 5413/23 - Asignación No Remunerativa DNU 438/23 - Códigos a utilizar y Beneficio para Micro y Pequeñas Empresas
- Trabajo - Res. 1133/23 - Asignación No Remunerativa DNU 438/2023: se establece la condición para su absorción
- Asignación Dto. 438/2023 - Contribución ART: La Superintendencia definió su postura