Hoy en la tarde se van a dar a conocer todos los detalles y mañana sábado se publicará el Decreto en el Boletín Oficial. El aumento se otorgará tanto a trabajadores públicos como privados, en dos cuotas, la primera en este mes (alrededor de $ 3000) y la segunda en febrero. Será remunerativo y se descontarán aportes y contribuciones (salvo para las PyMES).
Desde el período octubre de 2019 comenzó a regir para los contribuyentes notificados en el Domicilio Electrónico un régimen de registración electrónica de operaciones denominado “Libro de IVA Digital”. Respecto al resto de los contribuyentes, la Resolución 4597/2019 estableció un cronograma de aplicación para todo el primer semestre de 2020 (ver a continuación), momento también en el que dejará de tener aplicación el Régimen de Información de Compras y Ventas de la RG 3685.
Mediante Resolución 2196/2019, la Dirección General de Rentas de San Juan actualizó los importes mensuales a pagar durante el año 2020 al Régimen Simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
A continuación el calendario de feriados para el año 2020 a tener en cuenta para la liquidación de sueldos.
Tras la finalización del IVA a «Tasa 0%», el Gobierno Nacional acordó con supermercadistas y proveedores un alza progresiva de los precios de los productos que estaban incluidos en el beneficio, que va del 0% para la leche hasta el 10,5% para el pan rallado y rebozadores.
Se espera que en esta semana el Gobierno Nacional termine de definir el aumento salarial (y sus características), el cual alcanzaría a trabajadores públicos y privados, se otorgaría junto al recibo de enero (a cobrar a principios de febrero) y no se calcularían aportes y contribuciones, pero si por Obra Social.
Las nuevas disposiciones sobre contribuciones patronales establecidas por la Ley 27.541 y por el Decreto Reglamentario ya son de aplicación a partir de este mes (vencimientos que operen desde el 23/12/2019, según el Decreto). Entre otras disposiciones, se establecen precisiones sobre el alcance de las detracciones de los artículos 22 y 23 (detracción adicional de $ 10.000 para empleadores con hasta 25 trabajadores).
En el día de la fecha (28/12/2019) se publicó la reglamentación de la Ley 27.541 («Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva» ), estableciéndose disposiciones sobre:
La AFIP publicó los valores actualizados de las deducciones personales y de las tablas del Impuesto a las Ganancias del Art. 94 acumuladas por mes para todo el 2020 (Ex art. 90 en el ordenamiento anterior).
El Banco Central de la República Argentina dispuso, a través de la Comunicación A6853, que los usuarios de servicios financieros podrán acreditar su identidad para operar dentro de las sucursales utilizando el Documento Nacional de Identidad que se descarga en el teléfono celular.
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