Mediante Resolución 4431/2019 la AFIP modificó los requisitos y condiciones del plan de facilidades de pago permanente. Se aclara que se podrán incorporar deudas que vencen en el mismo mes de presentación del plan. Para las MiPyMES, se establece que la tasa de financiamiento no podrá ser superior al 3% mensual y se extiende hasta el 31 de mayo la posibilidad de adherir hasta 6 planes por deudas generales y en gestión judicial.
Mediante Resolución 4433/2019, la AFIP estableció un nuevo procedimiento para determinar e ingresar el impuesto a las ganancias que recae sobre las erogaciones que carezcan de documentación o encuadren como apócrifas.
Tras la publicación de la Resolución 143/2019 del Ministerio de Hacienda, la cual extendió el plazo para el ejercicio de la opción , la AFIP publicó, mediante resolución 4429/2019, el cronograma de vencimientos. Además, se aclara que las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya adhesión hubiera quedado formalizada ( Res. 4249 ) en el mes de febrero de 2019, vencerán a partir del mes de abril de 2019, inclusive.
Así lo dispuso el Decreto 143/2019, publicado en el boletín oficial de hoy. Según los considerandos de la norma, la extensión del plazo del Período de Opción permitirá que los responsables cuenten con un mayor período de tiempo a los fines de evaluar, analizar y adoptar la decisión que estimen más conveniente y posibilitará a los profesionales intervinientes disponer de un plazo adicional para el desarrollo de todas las tareas vinculadas a ello.
Mediante Ley 6.067 se fijó para el ejercicio fiscal 2019 los impuestos y tasas que regirán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Mediante Ley 15.079, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2019, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
Se establece que los empleadores del sector primario agrícola e industrial ( según listado publicado a continuación ) aplicarán la detracción del art. 4 del Dto. 814/2001 considerando el 100 % del importe de ese artículo, vigente en cada mes. Dicho beneficio será de aplicación para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del 1 de marzo de 2019.
El Ministerio de Hacienda estableció que las tasas se actualizarán por trimestre calendario y serán calculadas en función a la tasa que paga el Banco Nación por los depósitos a plazo fijo ( canal electrónico ). La tasa de interés resarcitorio será de 1,2 veces de la mencionada tasa y los punitorios de 1,5 veces ( es decir, 20% y 50% superior, respectivamente ).
La AFIP prorrogó hasta el 31 de marzo de 2019 el plazo para que los empleadores del sector textil puedan rectificar las declaraciones juradas determinativas de la seguridad social y así detraer el 100% del art. 4 del Dto. 814/2001 ( actualmente de $17.509,20 ).
Se habilita en el sistema informático denominado “MIS FACILIDADES” una nueva funcionalidad para efectuar la Cancelación Anticipada Total (CAT) de planes de facilidades de pago vigentes a través de transferencia electrónica de fondos mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP).
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