Luego de sancionada la ley de promoción del trabajo registrado y prevención del fraude laboral, la Cámara de Diputados convirtió en ley las modificaciones al régimen general de infracciones laborales (Ley 25.212). Las multas serán proporcionales al salario mínimo y se actualizarán junto a las variaciones del mismo.
La sanción de clausura será de 3 a 5 días corridos cuando no se haya declarado, como mínimo, a dos trabajadores y cuando existan infracciones previas de cualquier tipo, en los últimos 5 años.
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