CP Jorge Vega
  • Laboral
  • Impuestos
  • Finanzas
  • Ingresar
    • Ingresar
    • Crear una cuenta
    • ¿Recordar usuario?
    • ¿Recordar contraseña?
    • Contacto
Comercio CCT 130/75
Gastronómicos Hoteleros
CCT 389/04
CCT 401/05
Construcción - UECARA CCT 660/13
  • Incrementan los topes del impuesto a los autos, motos, embarcaciones y aeronaves

    Desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2015, los autos y aeronaves no pagaran el impuesto si su precio de venta es inferior a $ 195.500 (antes: $ 170.000). El mínimo exento para las motos se incrementó de $ 28.000 a $ 34.500 y para las embarcaciones de $ 125.000 a $ 154.000. La novedad se dio a conocer en el boletín oficial de hoy con la publicación del Decreto 2578/2014.

  • Impuestos Internos: El Poder Ejecutivo modificó el aumento para las motos y embarcaciones

    Para las motos, la alícuota del 50% será de aplicación cuando el precio de venta sea superior a los $ 50.000. Tributarán al 30% cuando el precio sea inferior y quedarán exentas cuando no supere los $ 28.000. Las nuevas alícuotas regirán para todo este año.

  • Se oficializó el impuesto a los autos y motos de lujo

    Si el precio de venta es superior a $ 210.000 la alícuota será del 50%, en cambio, si es inferior, será del 30%. Las motocicletas y embarcaciones pagarán un 50% cuando el precio sea superior a $ 22.000 y $ 170.000, respectivamente. Respecto a las embarcaciones, tributarán al 30% cuando el precio sea inferior a $ 170.000.

  • Se prorrogó la exención de impuestos internos al Champán

    De esta forma, el Gobierno Nacional se propone fomentar la actividad productiva de tales clases de bebidas.

  • Más Autos y Motos Tributarán Impuestos Internos

    El Gobierno redujo de $212.500 a $150.000 el precio mínimo de venta desde el cual los automotores estarán alcanzados por el impuesto.

Redes sociales

Cargando PDF

( por favor aguarde un momento )

Datos de acceso

Crear una cuenta