Mediante Resolución 3430/2013, publicada en el Boletín Oficial de hoy, la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2013.

El Calendario puede visualizarse en la tabla que se muestra a continuación.

 

FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL AÑO CALENDARIO 2013

A - PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Y PAGO DEL SALDO RESULTANTE

I - IMPUESTO A LAS GANANCIAS

a) Sociedades, empresas o explotaciones unipersonales que confeccionen balances comerciales. Resolución General N° 3.077, Artículo 6°.

1. ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 12, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 13, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 14, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 15, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 16, inclusive

2. MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 13, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 14, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 15, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 16, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

b) Personas físicas y sucesiones indivisas. Resolución General N° 975, Artículo 7°. (*)

1. ABRIL/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 15, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 16, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 17, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 18, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 19, inclusive

2. MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 13, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 14, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 15, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 16, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

II - IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES

a) Responsables domiciliados en el país. Responsables sustitutos. Resolución General N° 2.151, Artículo 6°. (*)

1. ABRIL/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 15, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 16, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 17, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 18, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 19, inclusive

2. MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 13, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 14, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 15, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 16, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

b) Responsables comprendidos en la Resolución General N° 2.151, Artículo 33. Acciones y participaciones societarias. (*)

MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 13, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 14, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 15, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 16, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

III - GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA.

Resolución General N° 2.011, Artículo 6°.

a) Sujetos de los incisos a) y b) del Artículo 6°. (*)

MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 14, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 15, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 16, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 17, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 20, inclusive

b) Sujetos del inciso b) del Artículo 6°. (*)

ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE y DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 13, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 14, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 15, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 16, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 17, inclusive

(*) El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

IV - FONDO PARA EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN COOPERATIVA.

Resolución General N° 2.045, Artículo 2°.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 11, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 12, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 13, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 14, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 15, inclusive

V - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Resoluciones Generales N° 715, Artículo 7° y N° 1.745, Artículo 10.

ENERO, FEBRERO, MARZO, ABRIL, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE y DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 18, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 19, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 20, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 21, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 22, inclusive

MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 21, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 22, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 23, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 24, inclusive

a) OPERACIONES DE FAENA Y COMPRAVENTA DE ANIMALES, CARNE, CUEROS Y DEMÁS SUBPRODUCTOS DE LA ESPECIE BOVINA.

1. Régimen de percepción. Establecimiento de faena y usuarios del servicio de faena. Resolución General N° 4.059 (DGI), Artículo 13.

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Primera semana Hasta el tercer día hábil siguiente de la semana inmediata posterior
Segunda semana
Tercera semana
Cuarta semana

2. Régimen de pago a cuenta. Establecimiento de faena, consignatarios de hacienda y de carne. Usuarios del servicio de faena (*). Resolución General N° 4.059 (DGI), Artículo 16.

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Ingreso por las operaciones realizadas entre los días 1 y 22 Hasta el tercer día hábil inmediato siguiente al del vencimiento del período

b) OPERACIONES DE FAENA Y COMPRAVENTA DE ANIMALES Y CARNES DE LA ESPECIE PORCINA.

- Régimen de pago a cuenta. Establecimiento de faena, consignatarios de hacienda. Usuarios del servicio de faena (*). Resolución General N° 4.131 (DGI), Artículo 11.

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Ingreso por las operaciones realizadas entre los días 1 y 25 Hasta el día 28 del mismo mes calendario

(*) Se ingresará con anterioridad al retiro de la carne faenada.

VI - IMPUESTOS INTERNOS.

Resolución General N° 2.825, Artículo 6°.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 18, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 19, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 20, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 21, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 22, inclusive

VII - IMPUESTO SOBRE CRÉDITOS Y DÉBITOS EN CUENTAS BANCARIAS Y OTRAS OPERATORIAS.

Resolución General N° 2.111, Artículo 11.

1. ENERO, FEBRERO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE /2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 22 inclusive
2 ó 3 Hasta el día 23 inclusive
4 ó 5 Hasta el día 24, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 25, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 26, inclusive

2. MARZO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 21 inclusive
2 ó 3 Hasta el día 22 inclusive
4 ó 5 Hasta el día 25, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 26, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 27, inclusive

3. DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 23, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 26, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 27, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 30, inclusive

- Ingreso de las sumas percibidas. Entidades financieras y todos aquellos que intervengan en el movimiento de fondos por cuenta y orden de terceros. Resolución General N° 2.111, Artículo 3°.

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
del 1 al 7 Hasta el tercer día hábil inmediato siguiente
del 8 al 15
del 16 al 22
del 23 al último día de cada mes

VIII - FONDO HÍDRICO DE INFRAESTRUCTURA.

Ley N° 26.181. Resolución General N° 2.195, Artículo 4°.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 22, inclusive, del mes inmediato siguiente al período que se declara
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

IX - IMPUESTO A LAS APUESTAS DE CARRERA.

Decreto Ley N° 18.231/43. Resolución General N° 3.638 (DGI), Artículo 5°. Resolución General N° 393 (DGI), Artículo 2°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 10, inclusive, del mes inmediato siguiente
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

- Decreto Ley N° 18.231/43. Resolución General N° 3.638 (DGI), Artículo 5°. Resolución General N° 393 (DGI), Artículo 1°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Primera y segunda quincena de cada mes, hasta el quinto día hábil inmediato siguiente
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

X - IMPUESTO A LAS ENTRADAS A ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS.

Ley N° 17.741, texto ordenado en 2001 y su modificatoria, Artículo 22. Resolución General N° 1.772, Artículo 3°.

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
del 1 al 7 Hasta el tercer día hábil inmediato siguiente
del 8 al 15
del 16 al 22
del 23 al último día de cada mes

XI - IMPUESTO A LOS VIDEOGRAMAS GRABADOS.

Resolución General N° 1.772, Artículo 8°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive, del mes inmediato siguiente
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

XII - IMPUESTO A LOS SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Resolución General N° 3.018, Artículo 9°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive, del mes inmediato siguiente
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

XIII - IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y EL GAS NATURAL.

Resolución General N° 2.250, Artículo 5°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 22, inclusive, del mes inmediato siguiente al período que se declara
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

XIV - IMPUESTO SOBRE EL GASOIL Y EL GAS LICUADO.

Resolución General N° 3.362, Artículo 4°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 22, inclusive, del mes inmediato siguiente al período que se declara
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

XV - RECARGO SOBRE EL GAS NATURAL.

Resolución General N° 1.307, Artículo 3°.

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 15, inclusive, del mes inmediato siguiente
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

XVI - REGÍMENES NACIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE OBRAS SOCIALES. CUOTAS CON DESTINO A LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO. APORTES Y CONTRIBUCIONES RESPECTO DE DETERMINADAS PRESTACIONES DINERARIAS

a) Empleadores. Resolución General N° 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712, Artículo 15.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 7, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 8, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 9, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 10, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 11, inclusive

b) Servicio doméstico - Dadores de Trabajo. Resolución General N° 2.055, Artículo 9°, inciso a).

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 10, inclusive
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

c) Empleados del servicio doméstico. Aportes voluntarios. Resolución General N° 2.055, Artículo 9°, inciso b).

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 15, inclusive
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

d) Trabajadores autónomos activos y beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresen, reingresen o continúen en actividad en calidad de trabajadores autónomos. Resolución General N° 2.217, Artículo 32.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 3, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 4, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 5, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 6, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 7, inclusive

e) Empleadores de la actividad tabacalera de las provincias de Salta y de Jujuy. Sistema de retención, información y de ajuste a la finalización de cada ejercicio anual. Resolución General N° 1.727, Artículo 14.

MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 31, inclusive
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

B - ANTICIPOS

I - IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA, SOBRE LOS BIENES PERSONALES Y FONDO PARA EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN COOPERATIVA.

Resolución General N° 327, Artículo 23. Resolución General N° 2.011, Artículo 15. Resolución General N° 2.151, Artículo 23. Resolución General N° 2.045, Artículo 7°.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 ó 3 Hasta el día 13, inclusive
4, 5 ó 6 Hasta el día 14, inclusive
7, 8 ó 9 Hasta el día 15, inclusive

II - FONDO HÍDRICO DE INFRAESTRUCTURA.

Resolución General N° 2.195, Artículo 7°.

ENERO A NOVIEMBRE/2013

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Anticipo del 30% Hasta el día 24, inclusive

DICIEMBRE/2013

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Primer anticipo del 67,50% Hasta el día 19, inclusive
Segundo anticipo del 27,50% Hasta el día 26, inclusive

III - IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y EL GAS NATURAL.

Resolución General N° 2.250, Artículo 7°.

ENERO A NOVIEMBRE/2013

CÓDIGO DE IMPUESTO Y DESCRIPCIÓN DÍAS
8 20 24 3 del mes siguiente
181 - Naftas con/sin plomo de hasta/más de 92 RON. 7,50% 30% 36,50% 17%
377 - Solvente, aguarrás, nafta virgen y gasolina natural. - - - - 30% - -
395 - Kerosene, gas oil y diesel oil. - - - - 30% - -

DICIEMBRE/2013

CÓDIGO DE IMPUESTO Y DESCRIPCIÓN DÍAS
19 26
181 - Naftas con/sin plomo de hasta/más de 92 RON. 72,50% 22,50%
377 - Solvente, aguarrás, nafta virgen y gasolina natural. 67,50% 27,50%
395 - Kerosene, gas oil y diesel oil. 67,50% 27,50%

IV - IMPUESTO SOBRE EL GASOIL Y EL GAS LICUADO.

Resolución General N° 3.362, Artículo 7°.

ENERO A NOVIEMBRE/2013

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Anticipo del 30% Hasta el día 24, inclusive

DICIEMBRE/2013

TODAS LAS C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
Primer anticipo del 67,50% Hasta el día 19, inclusive
Segundo anticipo del 27,50% Hasta el día 26, inclusive

C - RETENCIONES Y/O PERCEPCIONES. SICORE

IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, AL VALOR AGREGADO, A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES DE PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS Y A LOS PREMIOS DE DETERMINADOS JUEGOS DE SORTEO Y CONCURSOS DEPORTIVOS

a) Ingreso de las retenciones practicadas desde el día 1 al 15, ambos inclusive. Resolución General N° 2.233, Artículo 2°, inciso a).

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 ó 3 Hasta el día 21, inclusive
4, 5 ó 6 Hasta el día 22, inclusive
7, 8 ó 9 Hasta el día 23, inclusive

b) Información e ingreso de las retenciones y/o percepciones practicadas. Resolución General N° 2.233, Artículo 2°, inciso b).

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 ó 3 Hasta el día 9, inclusive
4, 5 ó 6 Hasta el día 10, inclusive
7, 8 ó 9 Hasta el día 11, inclusive

D - REGÍMENES DE INFORMACIÓN

I - IMPUESTO A LAS GANANCIAS.

Agentes de información, Artículo 49 incisos a) y b). Resolución General N° 3.293, Artículo 6°.

JULIO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 25, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 26, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 29, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 30, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 31, inclusive

II - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Tarjetas de débito. Resolución General N° 1.166, Artículo 8°.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el décimo día hábil administrativo, inclusive, del mes inmediato siguiente al del período mensual informado (*)
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

(*) La obligación de informar deberá cumplirse aun cuando no se hubieran realizado operaciones.

E - RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (Monotributo)

a) Resolución General N° 2.746, Artículo 17. Recategorización.

ENERO, MAYO y SEPTIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

b) Resolución General N° 2.746, Artículo 29. Obligación mensual.

ENERO A DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 20, inclusive
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

c) Resolución General N° 2.746, Artículo 14. Resolución General N° 2.888, Artículo 5°. Declaración jurada informativa.

ENERO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 24, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 25, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 28, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 29, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 30, inclusive

MAYO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 27, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 28, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 29, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 30, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 31, inclusive

SEPTIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 24, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 25, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 26, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 27, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 30, inclusive

d) Resolución General N° 2.746, Artículo 40. Presentación de declaración jurada por actividades no incluidas en el Régimen Simplificado (RS).

ABRIL/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 Hasta el día 15, inclusive
2 ó 3 Hasta el día 16, inclusive
4 ó 5 Hasta el día 17, inclusive
6 ó 7 Hasta el día 18, inclusive
8 ó 9 Hasta el día 19, inclusive

F - PLANES DE FACILIDADES DE PAGO

Resolución General N° 2.774, Artículo 10. Ingreso de las cuotas.

1. ENERO, FEBRERO, ABRIL, MAYO, JUNIO, JULIO, AGOSTO, SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE y DICIEMBRE/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 16 del mes o día hábil siguiente (Primer intento de débito). 26 del mes o día hábil siguiente (Segundo intento de débito).
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

2. MARZO/2013

TERMINACIÓN C.U.I.T. FECHA DE VENCIMIENTO
0 ó 1 16 del mes o día hábil siguiente (Primer intento de débito). 25 del mes o día hábil siguiente (Segundo intento de débito).
2 ó 3
4 ó 5
6 ó 7
8 ó 9

 

Escribir un comentario

POR CONSULTAS SOBRE SUSCRIPCIONES, ESCRIBIRNOS a estudio@jorgevega.com.ar