CP Jorge Vega
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  • AFIP - Res. 5220/22 - Se actualizan los montos de regímenes de retención, percepción e información

    Mediante Res. 5220/2022, la AFIP actualizó los importes previstos en diversos regímenes de retención, percepción e información. Por otro lado, se actualiza el importe (máximo) para que resulte aplicable la deducción de los créditos morosos de escasa significación en el Impuesto a las Ganancias.

  • Res. Gral. 4798 - Ret./Perc. IVA: Se aplaza a diciembre la obligatoriedad del SIRE

    Mediante Res. Gral 4798 la AFIP aplazó a diciembre el momento a partir del cual los agentes deberán utilizar el "Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)" en forma obligatoria para todas las retenciones y percepciones del Impuesto al Valor Agregado.

  • AFIP - Resolución General 4640/2019 - SIRE - IVA: se prorroga hasta el 01/03/2020 la obligación de informar e ingresar las retenciones y/o percepciones del IVA a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)

    Así lo dispuso la Resolución 4640 de la AFIP, publicada en el Boletín Oficial de hoy ( 29/11/2019 ). 

  • AFIP - RG 4502: se derogan registros y regímenes de información y/o de retención

    Mediante Resolución 4502/2019, la AFIP deroga con efectos a partir del 01/07/2019 cuatro resoluciones en forma completa ( res. 3424, 3724, 3730 y 3906 ) y dos en forma parcial ( 3572 y 3692 ), las cuales habían creado diversos registros y regímenes de información y/o de retención.

  • Renta financiera : nuevo régimen de retención sobre dividendos ( RG 4478/2019 )

    La AFIP estableció un régimen de retención sobre dividendos que establece una alícuota del 7% hasta fin de año y del 13% para el año 2020 y siguientes. La nueva norma, que comenzará a regir a partir del próximo 23 de mayo y que sustituye a la Resolución 3.674, se adecua a las modificaciones dispuestas por la Ley 27.430 ( diciembre de 2017 ) que introdujo, entre otras importantes novedades, un impuesto cedular sobre la renta financiera. 

  • La Comisión Arbitral aprueba el SIRTAC , un nuevo sistema de recaudación sobre tarjetas de crédito y compra

    El mencionado Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra tendrá como único objetivo dar cumplimiento a las disposiciones sobre regímenes de retención establecidas por las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral en materia de tarjetas de crédito, de compras y/o pagos, y de recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones correspondientes a sistemas de pago mediante concentradores y/o agrupadores de pago (Administradores de Sistemas de Pagos).

  • Resolución 4441/2019 - AFIP - Emergencia agropecuaria : Excepción a los regímenes de retención del Impuesto a las Ganancias ( Compraventa de hacienda y granos )

    A raíz de las intensas precipitaciones sin precedentes en distintas regiones del país, la AFIP estableció que resulta procedente exceptuar de la aplicación de los regímenes de retención de las resoluciones nros. 830 y 4325 a las operaciones de venta de productos primarios de producción propia, en aquellos sectores del territorio nacional en estado de desastre o emergencia agropecuaria.

  • Ganancias: se modifican importes y alícuotas de retención ( RG 830 )

    El importe mínimo de retención se eleva de $ 90 a $ 150, para los casos generales, y de $ 450 a $ 650, en los casos de alquileres urbanos ( no inscriptos ). Por último, se actualizan los montos y las alícuotas incluidos en el anexo de la Res. Gral. 830. Las modificaciones serán de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del junio.

  • Ganancias: se modifican importes de retención ( RG 830 )

    El importe mínimo de retención de eleva de $ 20 a $ 90, para los casos generales, y de $ 100 a $ 450, en los casos de alquileres urbanos ( no inscriptos ). Se actualizan el resto de los importes incluidos en el anexo al Res. Gral. 830. Las modificaciones serán de aplicación para los pagos que se efectúen a partir del junio.

  • Contribuciones patronales: se modifican importes de retención

    Se eleva a $ 400 el importe mínimo retención del régimen general ( Res. 1784 ). Además se actualizan los valores de las resoluciones 1769 ( Servicios de investigación y seguridad ) y 2682 ( industria de la construcción ).

  • Pago trimestral del IVA : se publicó la resolución que lo establece

    Comenzará a regir a partir de junio y el primer pago deberá hacerse efectivo en el mes de septiembre ( trimestre junio - agosto ). Sin embargo, las declaraciones juradas continuarán presentándose en forma mensual. El beneficio es de aplicación para las PyMES ( excepto construcción y minería ) en los términos de la Ley 25300 y la Resolución 24/2001 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa ( SPyME ). Por último, se establece un trámite simplificado para obtener el “Certificado de Exclusión” de los regímenes de recaudación.

  • ARBA: se extiende la vigencia de planes de pago

    Mediante Resolución 64/15, ARBA dispuso prorrogar hasta el 29 de febrero próximo la vigencia de múltiples regímenes de regularización de deudas impositivas (Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones, Sellos).

  • Se exceptúa del 35% a las liquidaciones de tarjetas pendientes y se efectúan importantes aclaraciones

    Además, se aclara que las percepciones del 35% (dólar tarjeta y turismo) y del 20% (dólar ahorro) conservarán el carácter de impuesto ingresado y podrán computarse en los impuestos respectivos o se podrá solicitar su devolución, de corresponder. En los casos de que se retiren los dólares depositados antes del plazo previsto (365 días) sufrirán la percepción del 20% según la cotización del día anterior.

  • Es oficial la exención de ganancias a la segunda cuota del aguinaldo

    El gobierno nacional publicó el decreto que establece un incremento de la deducción especial hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del aguinaldo. La medida alcanzará a jubilados y trabajadores cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengado entre los meses de julio a diciembre de 2015, no supere la suma de $ 30.000.

  • Liberación del cepo - Turismo: Se reduce la alícuota al 5%

    El pago a cuenta del 5% (antes del 35%) alcanzará solamente a las operaciones que se cancelen en efectivo y podrá computarse en el Impuesto a las Ganancias o en Bienes Personales, y para quienes no resulten contribuyentes podrán solicitar su devolución. Se deroga el régimen general anterior que regía para todas las compras en el exterior y para la tenencia de moneda extranjera. Ahora se extralimita a las operaciones de turismo.

  • Ganancias: desde este mes se retendrá menos impuesto a trabajadores y jubilados que cobren hasta $ 25.000 mensuales

    Si bien representa un alivio al bolsillo, se trataría de un diferimiento en el pago del impuesto, debiendo el contribuyente saldar la diferencia junto con su declaración jurada anual. Respecto al impuesto retenido en exceso desde principios de año, el agente deberá reintegrarlo en cinco cuotas mensuales.

  • Se cambió la forma de calcular las retenciones del IVA

    Si bien en la mayoría de los casos el resultado final es el mismo, a partir de hoy la alícuota de retención se aplicará sobre el impuesto y no sobre el importe neto de la operación. La modificación se fundamenta en la reciente Ley 26.982 que reduce la alícuota aplicable a la comercialización de diarios, revistas y publicaciones periódicas.

  • AFIP implementó el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)

    El nuevo sistema sustituye al aplicativo de retenciones y percepciones de la seguridad social ("SIJP – Retenciones y Percepciones") y , en forma gradual, al SICORE (Sistema de Control de Retenciones). En esta primera etapa se incorporan los regímenes de retención correspondientes al impuesto a las ganancias por rentas a beneficiarios del exterior y determinadas contribuciones de la seguridad social.

  • Calendario de vencimientos AFIP - 2015

    Mediante Resolución 3701/2014, publicada en el Boletín Oficial de hoy,la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2015.

  • Calendario de Vencimientos ARBA - 2014

    Mediante Resolución 42-2013, ARBA dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2014 de los impuestos vigentes en la Provincia de Buenos Aires (Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor y Embarcaciones) y de los regímenes de recaudación e información.

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