CP Jorge Vega
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  • Los exportadores deberán anticipar el pago del Impuesto a las Ganancias

    La obligación alcanzará a quienes realicen operaciones de exportación con sujetos cuyos domicilios difieran del país de destino de la mercadería. La alícuota será del 2% cuando se opere con "paraísos fiscales" y del 0,5% en los restantes casos.

  • Calendario de vencimientos AFIP - 2014

    Mediante Resolución 3574/2013, publicada en el Boletín Oficial de hoy,la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2014.

    El Calendario puede visualizarse en la tabla que se muestra a continuación.

  • Ganancias - SAC: la AFIP aclaró que el monto retenido en exceso deberá ser reintegrado en el recibo de julio

    Tras el incremento de la deducción especial, la AFIP informó que los empleadores deberán considerar las deducciones del inciso c) del articulo 23 acumuladas al mes de julio del corriente año incrementadas en el importe neto de la primera cuota del aguinaldo.

  • Se incrementa a un 20% la alícuota de percepción sobre las compras en el exterior

    La nueva alícuota, que antes era del 15%, se aplicará sobre las compras en el exterior con tarjeta de crédito/débito/compra, portales de internet o a través de agencias de viajes. Asimismo, se gravarán los servicios de transporte con destino fuera del país.

  • Calendario de Vencimientos AFIP - 2013

    Mediante Resolución 3430/2013, publicada en el Boletín Oficial de hoy,la AFIP dio a conocer la agenda de vencimientos para el año 2013.

  • AFIP reglamentó el procedimiento de devolución del 15% sobre las compras en el exterior

    Quienes no sean contribuyentes de Ganancias y de Bienes Personales podrán solicitar por Internet la devolución de las percepciones, practicadas desde el mes de octubre, a partir de febrero de 2013.

  • ARBA: deberán inscribirse como agentes de percepción quienes realicen ventas al por mayor

    Los nuevos sujetos obligados serán aquellos que obtengan ingresos brutos superiores a los $ 5.000.000 anuales y comercialicen al por mayor algunos de los siguientes bienes: alimentos, artículos de ferretería, cartones, maquinas, entre otros. La inscripción podrá realizarse hasta el 31 de octubre.

  • AGIP: los locadores de inmuebles sufrirán una retención del 1,5% a cargo del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos

    Además, se incrementaron las alícuotaspara importadores, comercio electrónico, pequeños contribuyentes y para las ventas al contado que superen los $ 1.000. Las demás alícuotas, tanto de percepción como de retención, permanecen sin cambios.

  • Las percepciones alcanzarán a las compras por Internet y con tarjeta de débito

    A igual que las tarjetas de crédito, la percepción será del 15% sobre las operaciones en moneda extranjera por Internet y sobre las compras con tarjeta de débito que realicen los turistas en el exterior.

  • Se percibirá ganancias y bienes personales a quienes consuman en el exterior

    La percepción será del 15% sobre el monto total de los consumos con tarjeta de crédito y/o de compra que realicen los turistas en el exterior. Además, se informarán mensualmente el detalle de todos los gastos realizados.

  • La AGIP incrementó las alícuotas de retención y de percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos

    La alícuota general se incrementa en un punto porcentual, quedando en el 2,5% para las retenciones y en el 3% para las percepciones. En cambio, se reduce la alícuota aplicable al comercio electrónico, pasando del 2% al 1,5%.

  • Importaciones: la AFIP incrementó las alícuotas de percepción de IVA y Ganancias

    La AFIP derogó el "Certificado de Validación de Datos de Importadores - CVDI" y, en consecuencia, los beneficios que su tenencia implicaba. A partir de ahora, todos los sujetos deberán pagar una percepción del 6% en ganancias y del 20% (general) o del 10% (reducida) en el IVA.

  • El certificado de no retención se extenderá por un año

    ARBA estableció que los certificados de no retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los cobros de ventas con tarjetas, tendrán vigencia por un año y no hasta el 31 de diciembre del año de emisión como rige en la actualidad.

  • Los participantes de fideicomisos deberán informar más datos a la AFIP

    La obligación actual se extiende a los fideicomisos constituidos en el extranjero y se incorporan a los fiduciantes y beneficiarios como nuevos sujetos informantes. Además, se deberán informar todas las operaciones que alteren la situación inicial del fideicomiso, como ser: ingresos / egresos de participantes, transferencias de participaciones, entregas de bienes, entre otras.

  • SIRCREB: Nuevas Alícuotas aplicables a Contribuyentes Locales de Capital Federal

    Mediante Resolución 136/2012, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) decidió actualizar las alícuotas de retenciones bancarias (SIRCREB) del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para el universo de Contribuyentes Locales. De esta forma, se incrementó la alícuota general (del 1,8% al 2,5%) y se actualizó la lista de actividades con alícuotas especiales.

  • El fisco porteño elevó la alícuota del SIRCREB

    Desde este mes, la alícuota general en el Sistema de Recaudación y Control de las Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), para los contribuyentes del Régimen del Convenio Multilateral, será del 2,5%.

  • Padrón de Agentes de Recaudación - Vigencia: Enero 2012

    En la tabla que se muestra al final de este artículo puede consultarse la lista de sujetos obligados a actuar como Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en la Ciudad de Buenos Aires, a partir del 1º de enero de 2012. Sin embargo, aquellos que, siendo Agentes actualmente, no se  encuentren enunciados en dicha tabla, perderán su condición y dejarán de estar obligados como tales a partir de la misma fecha enunciada anteriormente.

    Para una mejor búsqueda, la tabla puede filtrarse por código, número de CUIT y/o por razón social del agente recaudador.

  • Se reunificó el régimen aplicable a los agentes de recaudación

    La nueva resolución del fisco porteño sustituye a toda la normativa que regula a los agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Además, se publicó un nuevo padrón de agentes obligados, vigente a partir del año próximo.

  • Resolución 963-2011 AGIP: Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos

    RESOLUCIÓN N.° 963/AGIP/11

    Establécese un Régimen General de Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los sujetos que desarrollan actividades en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo que se indica en la presente.

  • ARBA prorrogó utilización de sistema online para agentes de recaudación

    Mediante Resolución 46/2011, se estableció que el nuevo sistema se utilizará en forma obligatoria desde el 1º de septiembre y en forma optativa durante este mes.

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