Se eleva a $ 400 el importe mínimo retención del régimen general ( Res. 1784 ). Además se actualizan los valores de las resoluciones 1769 ( Servicios de investigación y seguridad ) y 2682 ( industria de la construcción ).
- Norma modificatoria: Resolución 3883, publicada en el Boletín Oficial de hoy.
- Aplicación: pagos que se efectúen a partir del 1 de junio de 2016, inclusive.
- Régimen general de retención ( Res. 1784 ): corresponderá efectuar la retención únicamente cuando su importe sea igual o superior $ 400 ( antes $ 40.-).
- Servicios de investigación y seguridad ( Res. 1769 ): deberán actuar como agentes de retención, los sujetos que contraten o subcontraten, total o parcialmente, los servicios de investigación y seguridad, siempre que el importe que abonen, en cada mes calendario, por el servicio contratado sea superior a la suma de $ 80.000 ( antes de $ 8.000.-).
- Industria de la construcción ( Res. 2682 ): se eleva de $ 400.000 a $ 1.500.000 el importe de los pagos que estarán sujetos a retención. Este régimen es de aplicación a los sujetos contratistas y/o subcontratistas de la industria de la construcción que revistan la condición de empleadores.