La habilitación de un nuevo punto de venta evitaría posibles inconvenientes a los receptores de los comprobantes, debido a que la mayoría de los sistemas que utilizan las empresas no permiten el ingreso de registros duplicados.
La aclaración anterior fue brindada por la AFIP ante una consulta de un contribuyente a la mesa de ayuda (mayuda@afip.gob.ar).
En el caso de que se utilice el mismo punto de venta, y teniendo en cuenta que las nuevas solicitudes deben llevar el CAI, la numeración de los nuevos comprobantes comenzará desde el “00000001”.
No obstante, aclara la AFIP, el contribuyente “podrá habilitar un nuevo punto de venta a fin de evitar posibles inconvenientes en la registración de los comprobantes por parte de los receptores de los mismos”.
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