Mediante Res. 3920, la AFIP implementó el régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras ( Ley 27.260, Libro II, Título II ). Se podrá adherir desde el 1 de agosto de este año hasta el 31 de marzo del año que viene.
Tras la publicación de la ley y el decreto reglamentario, la AFIP publicó la Res. 3919 que reglamenta los títulos I ( Blanqueo ), III ( Contribuyentes cumplidores ) y VII ( Art. 85, confirmación de datos ) del Libro II la ley.
El poder ejecutivo publicó el Decreto 894/16, el cual reglamenta el Libro I de la Ley 27.260 ( PROGRAMA NACIONAL DE REPARACIÓN HISTÓRICA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS ).
El poder ejecutivo reglamentó la ley de blanqueo y moratoria ( Ley 27.260 ), mediante la publicación del Decreto 895/16 ( vigente a partir de mañana, 29/07/2016 ). Aún resta que se publiquen las normas reglamentarias de la AFIP y otros entes del estado ( CNV, BCRA, etc. ).
El Poder Ejecutivo publicó la Ley 27260 que versa sobre el pago de los juicios a jubilados ( entre otros temas ) y sobre el régimen de sinceramiento fiscal ( blanqueo, moratoria y beneficios a cumplidores ). La norma entrará en vigencia mañana ( 23/07, aunque en la web de la AFIP, se informa que regirá a partir del lunes 25/07 ). Aún resta que se publique la reglamentación.
El Poder ejecutivo estableció que los comerciantes que acepten pagos mediante tarjeta de débito ( conforme a la Ley 27253 ) podrán computar como crédito fiscal del IVA el 50% del costo mensual que deban pagar a las empresas proveedoras de terminales electrónicas y hasta la suma de $ 300 mensuales ( por cada terminal ).
La AFIP actualizó los valores a partir de los cuales se deberán informar las transferencias de bienes registrables. A partir de este mes, el COTI ( inmuebles ) se deberá tramitar cuando el valor de la propiedad sea de $ 1.500.000 o superior ( antes $ 600.000 ) y el CETA ( automotores ) a partir de los $ 100.000 ( antes de $ 30.000 ). También se actualizó a $ 100.000 ( antes $ 30.000 ) el valor establecido por la RG 2762 para los casos de transferencias de embarcaciones y maquinarias. Por último, en el caso de habitualistas en la compraventa de vehículos usados, el valor fijado por la RG 2032 se actualizó a $ 100.000 ( autos ) y $ 27.000 ( motos ).
El Ministerio de Trabajo homologó ( Res. 425/16 ) el acuerdo salarial 2016 ( UTHGRA - FEHGRA, CCT 389/04 ) el cual establece un aumento del 34% con carácter remunerativo de agosto a marzo ( 20% hasta enero, 34% desde febrero ) y como no remunerativo en los meses de junio ( 20% ), julio ( 20% ) y enero ( 14% ). En abril, dicho incremento se integrará al básico.
Mediante Decreto 807/2016, publicado en el boletín de hoy, el gobierno nacional publicó los índices de actualización que se utilizarán para calcular las jubilaciones que se otorguen a partir del mes de agosto. El objetivo principal del nuevo decreto es que las futuras prestaciones sean actualizadas en forma justa y razonable, en concordancia con las previsiones de la ley y la jurisprudencia emanada de la Corte Suprema.
La Secretaria de la PyME adecuó la Resolución 24/2001 a los efectos de que las empresas puedan optar por la nueva modalidad de pago del IVA en forma trimestral. La clasificación como pequeña empresa se realizará en función a una declaración jurada de ventas que los contribuyentes deberán presentar a través del servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios Fiscales” , el cual ya se encuentra disponible en la web de la AFIP.
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