El aumento seria del 6% remunerativo a pagar en tres tramos del 2% en los meses de enero , febrero y marzo y se aplicaría sobre los salarios básicos de noviembre de 2017. En la misma proporción aumentarán los adicionales del convenio ( caja, vidriera y chofer ).
Mediante Resolución 4189-E la AFIP amplió el plazo ( hasta el 31 de marzo ) para que los trabajadores y jubilados presenten el formulario 572 Web, a los fines de que informen a sus agentes de retención del impuesto sus cargas de familias y deducciones a computar. A su vez, se eleva a $ 1.000.000 de ingresos brutos anuales el limite a partir del cual dichos sujetos deberán presentar la declaración informativa de sus bienes, ingresos , gastos y deducciones ( entre otros datos ). Por último, el empleador tendrá tiempo hasta el último día hábil de abril para efectuar la liquidación anual y hasta el último día hábil de mayo para retener o reintegrar el importe que surja de la misma.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa ( CAME ) aclaró que no se ha definido cuál será el ajuste contemplado en la cláusula gatillo prevista en la paritaria vigente.
A continuación muestro cuales serian los salarios básicos para los meses de enero , febrero y marzo de 2018, considerando que el aumento se aplicará sobre los salarios de abril de 2017 ( Ver : Empleados de Comercio: se acordaria un 6% de aumento para este trimestre ) .
IMPORTANTE : Según la CAME aún no hay acuerdo
Se pagará en tres cuotas del 2% a partir de este mes ( enero, febrero y marzo ). El acuerdo se realizó el día de ayer ( lunes 8 de diciembre ) entre las partes representativas del sector ( FAECyS y cámaras empresarias ). De esta forma el aumento anual alcanzó el 26% ( sumado al 10% de abril y julio ).
IMPORTANTE : Según la CAME aún no hay acuerdo ( 09/01/2018 )
Los vencimientos de IVA volverán a ser de 5 días. Los de seguridad social ( empleadores ) comenzarán los días 9 de cada mes y los de autónomos desde el día 5. La novedad se difundió en la web de la AFIP. Las resoluciones que los establecen se publicaron en el boletín oficial de hoy, lunes 8 de enero ( RG 4186-E y 4187-E ).
Mediante Resolución 4184-E, publicada en Boletín Oficial de hoy, la AFIP actualizó las modalidades de pago de las multas por infracciones de la seguridad social ( autónomos y empleadores ) y especifica en que casos se debe utilizar cada código.
La AFIP publicó en boletín oficial ( Res. 4180-E ) los nuevos importes a ingresar a partir de este mes en concepto de aportes y contribuciones. También se determinó que estos valores ( con excepción del seguro ) se actualizarán anualmente en forma automática, en igual proporción y en la misma oportunidad en que se realice la actualización de las cotizaciones previsionales fijas correspondientes al Monotributo.
El Gobierno Nacional publicó la Ley en el Boletín Oficial. En sus más de 300 artículos, la norma modifica a los principales tributos nacionales, tales como Ganancias , Iva, Monotributo y Seguridad Social. También se efectuan cambios al código aduanero, a la ley de procedimiento y al régimen penal tributario, entre otras novedades.
La ley establece cambios en la forma de cálculo de la movilidad y en la periodicidad de pago. En el próximo año los aumentos serán trimestrales, en los meses de marzo, junio , septiembre y diciembre. Con la nueva formula , el incremento de marzo será del 5,76%. El haber mínimo garantizado no podrá ser inferior al 82% del salario mínimo vital y móvil para quienes cuenten con 30 años de aportes. Por último, se modifica la Ley de Contrato de Trabajo, y se extiende a los 70 años la edad para que el empleador pueda concluir la relación laboral por el acceso del trabajador a su beneficio jubilatorio.
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