La AFIP decidió postergar los vencimientos de los anticipos 1 y 2 de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, tras la prórroga de vencimientos establecida por la Res. 5516 para fines de este mes.
La Ley 27.743 (Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) incorporó como novedad la eliminación de las categorías A y B exentos (del componente impositivo). En consecuencia, la AFIP está recategorizando de oficio a quienes se encontraban en dichas categorías a la nueva Categoría A (sin exención) y lo está notificando por domicilio fiscal electrónico.
La AFIP, mediante Res. 5528/24 (publicada en el BO de fecha 17/07/2024), reglamentó el régimen de regularización de activos de la Ley 27.743. La resolución incluye las modificaciones de la Res. 5536, publicada en el BO de fecha 30/07/2024 (vigente desde esa fecha).
La AFIP establece el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes cumplidores del Impuesto a los Bienes Personales para acceder al beneficio de reducción de alícuota para los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025, establecido por la Ley 27.743.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 874 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Julio 2024 (Vencimiento Agosto 2024).
Se extiende hasta el día 9 de agosto de 2024, inclusive, el plazo para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2024. Asimismo, el pago del mes de agosto podrá hacerse hasta el día 28 de ese mes.
Mediante Res. Gral. 5531/24 la AFIP adecuó la Resoluciones 2.442 y 4.003 a las nuevas disposiciones de la Ley 27.743. Por otro lado, se deroga el régimen informativo anual del Impuesto a las Ganancias, para los empleados en relación del dependencia.
Mediante Decreto 661/2024, el Poder Ejecutivo reglamenta los cambios introducidos recientemente por la Leyes 27.742 y 27.743.
A continuación se detallan cada una de las opciones disponibles para el cálculo de liquidaciones finales.
Con fecha 17/07/2024, el Banco Central de la República Argentina mediante Comunicación "A" 8062 crea la "Cuenta Especial de Regularización de Activos – Ley 27.743", donde se depositarán los fondos que se declaren a los fines del régimen de regularización de activos previsto por la Ley 27.743.
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