Mediante Decisión Administrativa 468/2020, la Jefatura de Gabinete amplia el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, incorporando a la obra privada de infraestructura energética. Los desplazamientos de los trabajadores alcanzados deberán limitarse al estricto cumplimiento de dicha actividad. Se deberá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19.
Así lo dispuso la Comunicación A6958 del Banco Central de la República Argentina. Desde el Lunes 13 hasta el Viernes 17 de abril, las entidades financieras deberán abrir sus casas operativas para la atención al público en general –excepto para la atención por ventanilla–, extendiendo en 2 horas la jornada habitual, y mediante el otorgamiento de turnos previos (los cuales se podrán obtener vía web desde el 8 de abril en las páginas web de las entidades).
El Lunes 13, se atenderán a los clientes cuyos documentos (o CUIT, si es persona jurídica) terminen en 0 y 1, el martes en 2 y 3, y así sucesivamente hasta el viernes.
Los sujetos que realicen actividades «esenciales», que demuestren haber tenido un alto impacto negativo en el desarrollo de su actividad o servicio, podrán presentar la solicitud para ser alcanzados por los beneficios previstos en el decreto 332/2020, y el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, previo dictamen del COMITÉ DE EVALUACIÓN Y MONITOREO fundamentado en criterios técnicos, podrá aceptar o negar tales pedidos.
Se aprueban las normas necesarias para la implementación, administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas del “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE)”, que fuera instituido por el Decreto N° 310 de fecha 23 de marzo de 2020 y reglamentado por la Resolución SSS N° 8 de fecha 30 de marzo de 2020.
Se amplia el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, en los términos previstos en el Decreto N° 297/20.
Se dispone la prórroga automática de las medidas adoptadas en las Resoluciones Nº 207/2020 (exceptuados mayores de 60, embarazadas y grupos de riesgo) y Nº 233/2020 (trabajadores de edificios) del MTEySS, por el plazo que dure la extensión del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por el DNU Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus complementarios.
Hemos incorporado las opciones "Trabajador Jubilado" y "A cuenta de futuros aumentos", disponibles para todos los Convenios y liquidaciones, con las funcionalidades que se detallan a continuación.
El Secretario General de la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), Armando Cavalieri, informó hoy que alcanzó un acuerdo con MAXICONSUMO SA, VITAL SA, YAGUAR SA, DIA ARGENTINA SA, MAKRO SA, NINI SA, JOSIMAR SA para que otorguen“ un aporte solidario de 5.000 pesos durante el mes de abril para aquellos empleados que cumplen tareas durante la emergencia sanitaria, en reconocimiento al gran esfuerzo que están haciendo todos los días arriesgando su salud para asegurar el abastecimiento y la provisión de artículos de primera necesidad a lo largo y a lo ancho de todo el país.
Se prorroga hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la fecha de repatriación prevista para el período fiscal 2019, a los fines de lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Decreto N° 99/19.
Mediante Resolución 279/2020, el Ministerio de Trabajo derogó la Resolución 219/2020 y todos los beneficios que la norma establecía, incluyendo el "Pago no remunerativo" para quienes no prestasen tareas en el aislamiento. La nueva norma rige desde el 20 de marzo.
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