La AFIP creó la “Billetera Electrónica”, que será utilizada opcionalmente por los contribuyentes y/o responsables para efectuar la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
El pago será no remunerativo, proporcional a la jornada y podrá ser tomado como pago a cuenta aumentos que surjan de una revisión salarial de los acuerdos celebrados este año. En principio deberá pagarse junto a los sueldos de noviembre y enero, salvo para las empresas en crisis, que podrán acordar otros plazos e importes. Respecto a los despidos sin causa que se produzcan antes del 31/03/2019 deberán comunicarse al Ministerio de Trabajo con 10 días hábiles de anticipación.
Habiendo finalizado el período de consulta del Indice establecido por la Resolución de Junta de Gobierno 539/18, la FACPCE publicó el Indice para que sea utilizado por los entes que aplican el ajuste por inflación, el cual tiene pequeñas diferencias con el publicado para consulta.
Mediante Decreto 976/2018, publicado en el boletín oficial de hoy, el Poder Ejecutivo efectuó precisiones sobre el alcance del impuesto a los resultados que deriven de la enajenación de inmuebles e indemnizaciones laborales tras las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 ( BO 29/12/2017 ).
Se extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre, se podrán incluir deudas vencidas al 30/09/2018 y se habilitará la posibilidad de reformular los planes de las resoluciones 4.057 ( impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales ) y 4.166 ( excluidos del monotributo ). La norma entra en vigencia a partir de hoy ( 30/10/2018, fecha de publicación ) y será de aplicación a partir del 1 de noviembre.
Entre otras modificaciones , se incrementa de $ 10 a $ 100 el importe de una operación que obliga a los comerciantes a aceptar pagos mediante tarjeta de débito o su equivalente y se establecen algunas condiciones que deberán cumplir las transferencias bancarias instrumentadas mediante dicho sistema.
Temas tratados :
Las resoluciones números 3.561 ( modificada recientemente por la Res. 4292 ) y 4.290 establecen los plazos y condiciones para la utilización del controlador fiscal. El tipo de controlador a utilizar ( de vieja o nueva tecnología ) dependen de la actividad del contribuyente y de la fecha de inicio de actividades.
Se homologó el Acuerdo salarial firmado por la UOCRA ( CCT 76/1975 y 577/2010 ) el pasado 22 de agosto que establece un incremento salarial a pagar en forma acumulativa en los meses de septiembre ( 4% ) y noviembre ( 3% ) de 2018 y enero de 2019 ( 3% ).
La Secretaría de Trabajo finalmente homologó el acuerdo salarial para los empleados de comercio ( CCT 130/75 ) que establece el adelantamiento total para este mes del 10% que se iba a pagar en forma escalonada en los meses de octubre ( 3% ), noviembre ( 3% ) y enero de 2019 ( 4% ).
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