Luego de la reciente prórroga al beneficio de reducción de cargas sociales por nuevos empleos, el gobierno estableció que la plantilla de trabajadores a mantener es la existente al 30 de noviembre de 2011.
Mediante Ley 8.398, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2012, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Mendoza. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos, montos mínimos, entre otros aspectos, aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La AFIP determinó que los comprobantes que confeccionen los prestadores de servicios de comunicación audiovisual por suscripción a título oneroso, serán considerados válidos siempre que se emitan a nombre del efectivo prestatario del servicio.
Con esta herramienta, la AFIP podrá determinar de oficio la cantidad de trabajadores y los aportes y contribuciones de la seguridad social. En total, ya son 29 las actividades alcanzadas.
El nuevo aumento se pagará con los haberes de marzo. Según la Presidente de la Nación, Cristina Fernández, desde el 2003 a la fecha el haber mínimo jubilatorio creció 1025%.
Así lo dispuso el Banco Central para las operaciones con fecha de embarque posteriores al 31 de enero.
Los agentes y corredores inmobiliarios deberán informar datos de sus clientes y controlar cada una de las operaciones que estos realicen a los fines de detectar situaciones sospechosas de lavado de dinero o de financiación del terrorismo.
La Unidad de Información Financiera (UIF) obligará a los registros de embarcaciones y aeronaves, así como, a los que operen en la compraventa de dichos tipos de bienes, a reportar situaciones de lavado de activos y/o de financiación del terrorismo.
En el marco de sus obligaciones frente a la prevención del lavado de activos y de financiación del terrorismo, la Inspección General de Justicia (IGJ) estableció que las sociedades de capitalización y ahorro deberán presentar anualmente una declaración jurada. Similar obligación regirá para las asociaciones y fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros.
El Código Fiscal prevé dos tipos de sanciones ante la falta de documentación respaldatoria: multa y decomiso. La aplicación de una o la otra depende de si la falta es parcial o total, y de otras circunstancias que establezca el fisco bonaerense. En esta oportunidad, ARBA introdujo modificaciones en pos de los principios de razonabilidad y proporcionalidad que deben existir en la aplicación de la sanción.
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