Cabe recordar que la resolución 4.280 de la AFIP estableció que quienes no hayan constituido el Domicilio Fiscal Electrónico, deberán cumplir con dicha obligación hasta el día 30 de noviembre de 2018, inclusive, excepto que se encuentren obligados a su constitución con anterioridad a dicha fecha.
La UATRE informó que el personal permanente continuo de establecimientos agropecuarios y quienes trabajan en la actividad avícola y porcina recibirán un bono no remunerativo de $5000. Aún no se publicó la resolución.
Otórgase un subsidio extraordinario por un monto de $1.500, que se abonará en el mes de diciembre del 2018 y por única vez, a los titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, por cada hijo y hasta el quinto, y/o de la Asignación por Embarazo para Protección Social, previstas en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias.
El nuevo plan de hasta 60 cuotas será de aplicación para la cancelación de aportes y contribuciones de los recursos de la seguridad social vencidos hasta el día 30/09/2018, inclusive, así como de sus respectivos intereses y multas. Se podrá efectuar la adhesión desde hoy hasta el 31/01/2019.
Mediante Decreto 1.067/2018 el Poder Ejecutivo estableció que los empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería aplicarán la detracción prevista en el artículo 4° del Decreto N° 814/2001, considerando el 100 % del importe de ese artículo, vigente en cada mes. La norma será de aplicación desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019.
La AFIP creó la “Billetera Electrónica”, que será utilizada opcionalmente por los contribuyentes y/o responsables para efectuar la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
El pago será no remunerativo, proporcional a la jornada y podrá ser tomado como pago a cuenta aumentos que surjan de una revisión salarial de los acuerdos celebrados este año. En principio deberá pagarse junto a los sueldos de noviembre y enero, salvo para las empresas en crisis, que podrán acordar otros plazos e importes. Respecto a los despidos sin causa que se produzcan antes del 31/03/2019 deberán comunicarse al Ministerio de Trabajo con 10 días hábiles de anticipación.
Habiendo finalizado el período de consulta del Indice establecido por la Resolución de Junta de Gobierno 539/18, la FACPCE publicó el Indice para que sea utilizado por los entes que aplican el ajuste por inflación, el cual tiene pequeñas diferencias con el publicado para consulta.
Mediante Decreto 976/2018, publicado en el boletín oficial de hoy, el Poder Ejecutivo efectuó precisiones sobre el alcance del impuesto a los resultados que deriven de la enajenación de inmuebles e indemnizaciones laborales tras las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 ( BO 29/12/2017 ).
Se extiende el plazo de adhesión hasta el 31 de diciembre, se podrán incluir deudas vencidas al 30/09/2018 y se habilitará la posibilidad de reformular los planes de las resoluciones 4.057 ( impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales ) y 4.166 ( excluidos del monotributo ). La norma entra en vigencia a partir de hoy ( 30/10/2018, fecha de publicación ) y será de aplicación a partir del 1 de noviembre.
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