Atento a la alta inflación acumulada desde su última actualización (agosto de 2012), el Poder Ejecutivo decidió incrementar el importe mínimo, exigible, para la constitución de sociedades anónimas.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 481 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Febrero 2024 (Vencimiento Marzo 2024).
Se firmó un nuevo acuerdo salarial para el CCT 389/04 (sector hotelero-gastronómico), estableciéndose el pago de sumas no remunerativas en cuatro tramos, a pagar la primera de ella, hasta el 20 de marzo (15%). Los tres pagos restantes se deberán realizar junto a los recibos de marzo (30%), abril (60%) y mayo (90%). Por último, se ratifica el nuevo básico para el mes de mayo 2024 (conforme al acuerdo de diciembre), y se incrementa el básico de junio, incorporando las nuevas sumas no remunerativas.
El Gobierno Nacional estableció una ayuda económica de hasta $ 70.000 para jubilados y pensionados que cobren la mínima o no más de $ 204.445,30, el cual se pagará durante el mes de Marzo de 2024.
El Gobierno Nacional oficializó el aumento de la ayuda escolar anual a $ 70.000. Se deja establecido que dicho importe ya incluye el incremento por movilidad del mes de marzo 2024.
Así lo anunció la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. La medida, aclararon desde el Ministerio, obedece a que el país "se encuentra en una situación de inédita gravedad, generadora de profundos desequilibrios que impactan negativamente en toda la población”.
Se publicó la Resolución que homologa el acuerdo firmado el 26/01/2024 entre FAECyS y las cámaras empresarias. Cabe recordar que el acuerdo estableció un nuevo básico (11% de incremento sobre básico y no remunerativo de diciembre) y un pago no remunerativo del 20% a pagar durante los meses de Enero a Marzo de 2024. A continuación se publican los puntos claves y el acuerdo completo.
El Gobierno Nacional extendió el beneficio de hasta $ 55.000 para jubilados y pensionados que cobren la mínima o no más de $ 160.712,61, el cual se pagará durante el mes de Febrero de 2024.
La AFIP extendió hasta el 5 de febrero de 2024, inclusive, el plazo establecido para cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2023.
Se actualizaron los importes a partir de los cuales se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final.
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