En sintonía con la reciente modificación de la AFIP, en los casos de viajes con destinos a países limítrofes, y a países que adoptaron el Euro como moneda local, las ventas de cambio deben corresponder exclusivamente a billetes de los países que serán visitados en el viaje al exterior.

 

 

El lunes pasado, la AFIP había dispuesto que siempre que sea posible, no se podrán adquirir dólares, sino la moneda de uso local del país de destino (pesos uruguayos, reales, etc.). En esta oportunidad, se puede decir que el BCRA, mediante Comunicación A 5339, validó lo ya dispuesto por el fisco nacional.

La nueva disposición del BCRA comenzará a regir a partir de mañana (viernes, 10 de agosto).

Más información para quienes viajen al exterior: "Se imponen más controles para viajar al exterior".

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