Para quienes no esté inscriptos en ganancias, o lo estén solamente en bienes personales ( no monotributistas ) o para los monotributistas ( no inscriptos en bienes personales ), se les devolverán las percepciones ( por turismo exterior, compras en Internet o por compra de dólar ahorro ) de los años 2012 a 2014 en los siguientes plazos:

  • Hasta $ 6000:  en un solo pago.
  • Más de $ 6000: en cuotas de 6000 pesos:
    • Primera cuota: 16 de febrero
    • Siguientes cuotas: Los días 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio de 2016.

La devolución será automática ( en los plazos mencionados ) cuando no se registren deudas y/o inconsistencias ( bienes personales o monotributo, según corresponda ). Caso contrario, primero deberá saldar lo que corresponda y resolver las inconsistencias que sean necesarias solucionar.

Para estos sujetos, las percepciones del año 2015, se comenzarán a devolver a partir de agosto de 2016.

Requisitos previos

Más información: AFIP publicó un instructivo para solicitar la devolución del 20% y 35% por operaciones con Moneda Extranjera

Otras situaciones

  • Empleados que sufran retenciones de ganancias sobre su sueldo: deben presentar el Formulario 572 web antes del 31 de enero. El empleador procederá al reintegro hasta el límite de la retención que corresponda aplicar.
  • Sujetos inscriptos en ganancias o monotributistas inscriptos en bienes personales: presentará la declaración jurada de 2015 en abril o mayo ( según corresponda ) y computarán las percepciones sufridas en dichos años. Las de años anteriores ( vencidas, obviamente ) ya se pueden presentar.

Más información: Sitio web de la AFIP

 

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