El "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)- TRABAJADOR” ya se encuentra disponible con las nuevas deducciones habilitadas para el período 2018 y los empleados podrán informarlas hasta el 31 de marzo. Estas nuevas deducciones son:

Se establece que los sujetos que opten por adherir al Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té, siempre que reúnan las condiciones previstas por la Ley N° 27.470 junto con las establecidas en el Anexo de la Ley N° 24.977, deberán observar las disposiciones de la Resolución 4435 ( publicada en el boletín oficial de hoy ).

Se establece un régimen de facilidades de pago, exclusivamente respecto de las deudas por obligaciones impositivas resultantes de la actividad fiscalizadora de la AFIP que se encuentren en discusión ante el Tribunal Fiscal de la Nación, aplicable para saldar las aludidas deudas con más sus intereses, actualizaciones y multas.

Mediante Resolución 4431/2019 la AFIP modificó los requisitos y condiciones del plan de facilidades de pago permanente. Se aclara que se podrán incorporar deudas que vencen en el mismo mes de presentación del plan. Para las MiPyMES, se establece que la tasa de financiamiento no podrá ser superior al 3% mensual y se extiende hasta el 31 de mayo la posibilidad de adherir hasta 6 planes por deudas generales y en gestión judicial.

Mediante Resolución 4433/2019, la AFIP estableció un nuevo procedimiento para determinar e ingresar el impuesto a las ganancias que recae sobre las erogaciones que carezcan de documentación o encuadren como apócrifas. 

Tras la publicación de la Resolución 143/2019 del Ministerio de Hacienda, la cual extendió el plazo para el ejercicio de la opción , la AFIP publicó, mediante resolución 4429/2019, el cronograma de vencimientos. Además, se aclara que las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya adhesión hubiera quedado formalizada ( Res. 4249 ) en el mes de febrero de 2019, vencerán a partir del mes de abril de 2019, inclusive.

Así lo dispuso el Decreto 143/2019, publicado en el boletín oficial de hoy. Según los considerandos de la norma, la extensión del plazo del Período de Opción permitirá que los responsables cuenten con un mayor período de tiempo a los fines de evaluar, analizar y adoptar la decisión que estimen más conveniente y posibilitará a los profesionales intervinientes disponer de un plazo adicional para el desarrollo de todas las tareas vinculadas a ello.

Mediante Ley 6.067 se fijó para el ejercicio fiscal 2019 los impuestos y tasas que regirán en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos  aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

Mediante Ley 15.079, se fijaron para su percepción en el ejercicio fiscal 2019, los impuestos y tasas vigentes en la Provincia de Buenos Aires. En los apartados siguientes pueden consultase las alícuotas (generales y especiales), anticipos y montos mínimos aplicables al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

El Ministerio de Hacienda estableció que las tasas se actualizarán por trimestre calendario y serán calculadas en función a la tasa que paga el Banco Nación por los depósitos a plazo fijo ( canal electrónico ). La tasa de interés resarcitorio será de 1,2 veces de la mencionada tasa y los punitorios de 1,5 veces ( es decir, 20% y 50% superior, respectivamente ). 

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