Por la modificación introducida por la Ley de Reforma Tributaria, la AFIP derogó Resolución 500 de la AFIP que establecia un régimen de retención sobre los intereses de deuda de empresas. Desde la fecha será de aplicación la Res. 830
La AFIP emitió un memo donde comunica a los profesionales en ciencas económicas como se calculan y cancelan los honorarios por cobranzas judiciales.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas ( FACPCE ) informa que las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) que funcionan dentro de las instalaciones de los diferentes Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (CPCE) están cerrando sin previo aviso. En consecuencia la FACPCE emitió una nota en representación de los 24 CPCE consultándole los motivos de dicha decisión.
Luego de la generalización de la obligación de utilizar el pago electrónico de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, la AFIP decidió adecuar y actualizar la Resolución 1.778 a los procedimientos actualmente vigentes.
La AFIP publicó un documento donde especifica el tratamiento fiscal aplicable a las Sociedades Por Acciones Simplificadas ( SAS ) en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado, además de indicar el tratamiento contable a aplicar por dichas sociedades. En cuanto a ganancias, tributarán como sociedades de capital a la tasa del 30%, para ejercicios iniciados a partir del 01/01/2018 y del 25% a partir del 01/01/2020.
Se prorroga el plazo del beneficio hasta fines de de este año, se modifica la fórmula de cálculo del bono de crédito fiscal ( el cual podrá ser aplicado al pago de impuestos nacionales ) y se simplifica el trámite para acceder al mismo.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios ( FAECyS ) y las cámaras empresarias del sector arribaron a un nuevo acuerdo salarial que regirá para todo lo que resta del año 2018 y parte del año 2019. Se pactó el pago de un 15% a pagar en dos tramos: 10% en abril y 5% en agosto. Ambas sumas serán remunerativas, se incorporarán al básico y se calcularán sobre los salarios vigentes al mes de marzo de este año ( es decir, con el 6% acordado en enero ).
La AFIP publicó la resolución que aprueba la nueva versión del aplicativo, el cual estará disponible para su descarga a partir del 3 de abril ( asimismo, el sistema Declaración en Línea receptará las novedades ). Las declaraciones de enero , febrero y marzo podrán ser rectificadas hasta el 31 de mayo. Si arrojasen saldo a favor, por aplicación de los nuevos beneficios ( Ley 27.426 y 27.430 ), no será de aplicación el procedimiento de la Res. 3093. Si arrojasen saldo a pagar, su ingreso se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de 2018.
La actualización de los sistemas de la AFIP ( aplicativo SICOSS y Declaración en Línea ) recién estará disponible a partir del 3 de abril. Mientras tanto se deberán presentar las declaraciones juradas de febrero y marzo con la versión actual. No se deberán seguir las disposiciones de la Res. 3093 a los fines de la convalidación de los saldos a favor.
La AFIP informa que a partir del 1 de marzo los profesionales matriculados en ciencias económicas que necesiten realizar consultas y/o gestiones para sus clientes deberán solicitar en forma previa un turno via web. La obligación surge de la aplicación de la Res. 4188/2018 de la AFIP.
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