Escalas salariales aplicables al Convenio Colectivo 260/75 ( UOM ) vigentes para los meses de febrero ( 5% ) y marzo de 2019 ( 7,27% ).
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó los plazos para adquirir y utilizar controladores fiscales de “vieja tecnología” e implementar de manera obligatoria los equipos de “nueva tecnología”.
Mediante Resolución 28/2019, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario estableció un aumento salarial del 15,31% retroactivo al mes de febrero de 2019, aplicable a todo el personal permanente de prestación continua comprendido en el régimen de trabajo agrario, en el ámbito del todo el país.
A los fines del Régimen “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, se entenderá por Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a aquella cuyas ventas totales anuales expresadas en pesos no supere los valores máximos establecidos en el Artículo 1º de la Res. 340/2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. Asimismo, las empresas que cuenten con el “Certificado MiPyME” también se encuentran comprendidas en el presente régimen.
Mediante Decreto 186/2019 el Gobierno Nacional decidió aumentar las asignaciones universales por hijo y por embarazo en un 46%, en vez del 11,83% establecido para este mes. Dicho incremento incluye este último y los que se otorguen durante lo que reste del año.
Se establece el cronograma de aplicación de la “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, la cual deberá emitirse cuando una pequeña empresa opere con empresas grandes. Por el término de un año será aplicable respecto de los comprobantes que se emitan por un monto total o superior a $ 50.000. Hasta el 30 de abril , solamente se encontrarán obligados las MiPyMEs fabricantes de partes y accesorios para el automotor.
El "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG)- TRABAJADOR” ya se encuentra disponible con las nuevas deducciones habilitadas para el período 2018 y los empleados podrán informarlas hasta el 31 de marzo. Estas nuevas deducciones son:
Se establece que los sujetos que opten por adherir al Régimen Simplificado Especial para Pequeños Productores Agrarios de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té, siempre que reúnan las condiciones previstas por la Ley N° 27.470 junto con las establecidas en el Anexo de la Ley N° 24.977, deberán observar las disposiciones de la Resolución 4435 ( publicada en el boletín oficial de hoy ).
Se establece un régimen de facilidades de pago, exclusivamente respecto de las deudas por obligaciones impositivas resultantes de la actividad fiscalizadora de la AFIP que se encuentren en discusión ante el Tribunal Fiscal de la Nación, aplicable para saldar las aludidas deudas con más sus intereses, actualizaciones y multas.
Mediante Resolución 4431/2019 la AFIP modificó los requisitos y condiciones del plan de facilidades de pago permanente. Se aclara que se podrán incorporar deudas que vencen en el mismo mes de presentación del plan. Para las MiPyMES, se establece que la tasa de financiamiento no podrá ser superior al 3% mensual y se extiende hasta el 31 de mayo la posibilidad de adherir hasta 6 planes por deudas generales y en gestión judicial.
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