Se homologó el acuerdo salarial de fecha 5 de abril de 2024, aplicable al CCT 130/75 - Empleados de Comercio (rama general). Se recuerda que el acuerdo establece el pago de una suma fija (no remunerativa) de $ 40.000 a pagar durante el mes de abril y dos incrementos no remunerativos para los meses de abril y mayo, del 8% y 7% respectivamente. Los aumentos no remunerativos pactados en enero y febrero mantendrán su naturaleza y no se incorporarán al sueldo básico, como estaba previsto.
FAECyS comunica que se cerró un nuevo acuerdo salarial por los meses de marzo, abril y mayo, alcanzando un sueldo básico de más de $ 756.000. En marzo se otorgará una suma fija de $ 40.000, mientras que para abril y mayo los aumentos serán porcentuales (del 8% y 7% respectivamente).
Mediante Resolución 30/2024 , la «Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo» actualizó los límites de facturación anual (en pesos) de las micro, pequeñas y medianas empresas.
El Gobierno Nacional estableció una ayuda económica de hasta $ 70.000 para jubilados y pensionados que cobren la mínima o no más de $ 241.283,31, el cual se pagará durante el mes de Abril de 2024. Con fecha 03-04-2024 se publicó el Decreto 282/2024 que actualizó el tope máximo en consonancia al nuevo aumento establecido para el mes de abril por el Decreto 274/2024.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 552 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Marzo 2024 (Vencimiento Abril 2024).
El Gobierno Nacional, mediante DNU 274/2024, oficializó una nueva formula de actualización jubilatoria, la cuál aplicará desde el mes de abril de 2024. En dicho mes se otorgará un incremento extraordinario del 12,5% y una actualización conforme el IPC de febrero 2024 (del 13,2%). Desde mayo, el ajuste será conforme al IPC mensual. En junio se ajustará con la fórmula anterior si resultare mayor al aumento otorgado conforme al nuevo mecanismo.
Mediante Disp. 21/2024, se homologó el acuerdo salarial del mes de Febrero de 2024, mediante el cual se pactó un pago no remunerativo del 17,6% a pagar durante los meses de Febrero y Marzo de 2024, que se incorporará al básico en el mes de abril. A continuación se publican los puntos claves y el acuerdo completo.
La AFIP estableció las modalidades de pago del impuesto integrado -componente impositivo- de las obligaciones mensuales correspondientes a los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2023 y enero y febrero de 2024 (vencimientos prorrogados por la Res. 5411/2023) y las condiciones excepcionales a efectos de usufructuar el beneficio de reintegro respecto del año calendario 2024 (conforme a la Res. 4.309).
Atento a la alta inflación acumulada desde su última actualización (agosto de 2012), el Poder Ejecutivo decidió incrementar el importe mínimo, exigible, para la constitución de sociedades anónimas.
Conforme al mecanismo de actualización mensual establecida por la Res. 649/22, se fija en $ 481 el valor de la suma fija a abonar por cada trabajador conjuntamente con la alícuota establecida en el Artículo 5° del Decreto N° 590/97, a partir del mes de Febrero 2024 (Vencimiento Marzo 2024).
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