La ARCA actualizó los importes de aportes y contribuciones aplicables al personal doméstico, los cuales regirán para las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 1° de febrero de 2025. Además, se establece que los importes se actualizarán, desde julio, en las misma proporción y periodicidad que el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Por último, los empleados podrán verificar los pagos efectuados a través del servicio “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, desde la web de ARCA.
Servicio Doméstico - Aportes y Contribuciones
Desde Febrero 2025 - RG 5645/2025
a) Por cada trabajador activo:
1. Mayor de 18 años:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | CUOTA DE RIESGOS DEL TRABAJO | |
---|---|---|---|---|
APORTES | CONTRIBUCIONES | |||
Menos de 12 | $ 6.816,05 | $ 1.356,36 | $ 474,86 | $ 4.984,83 |
Desde 12 a menos de 16 | $ 10.735,77 | $ 2.513,38 | $ 949,50 | $ 7.272,89 |
16 o más | $ 28.688,55 | $ 16.716,32 | $ 1.384,95 | $ 10.587,28 |
2. Menor de 18 años pero mayor de 16 años:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | CUOTA DE RIESGOS DEL TRABAJO | |
---|---|---|---|---|
APORTES | CONTRIBUCIONES | |||
Menos de 12 | $ 6.341,19 | $ 1.356,36 | - | $ 4.984,83 |
Desde 12 a menos de 16 | $ 9.786,27 | $ 2.513,38 | - | $ 7.272,89 |
16 o más | $ 27.303,60 | $ 16.716,32 | - | $ 10.587,28 |
El 15% del aporte de $16.716,32 previsto en los cuadros anteriores, se destinará al Fondo Solidario de Redistribución establecido por el artículo 22 de la Ley N° 23.661 y sus modificaciones.
b) Por cada trabajador jubilado:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | CUOTA DE RIESGOS DEL TRABAJO | |
---|---|---|---|---|
APORTES | CONTRIBUCIONES | |||
Menos de 12 | $ 5.459,69 | - | $ 474,86 | $ 4.984,83 |
Desde 12 a menos de 16 | $ 8.222,39 | - | $ 949,50 | $ 7.272,89 |
16 o más | $ 11.972,23 | - | $ 1.384,95 | $ 10.587,28 |
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