La AFIP extendió, hasta el 31/12/2021, el plazo para que los responsables inscriptos adecuen sus sistemas de facturación para que puedan emitir comprobantes "A" a monotributistas, dando cumplimiento a las disposiciones de la Res. Gral. 5003 (Ley 27.618)
La AFIP oficializó la nueva prórroga de los vencimientos de los impuestos a las ganancias, personas humanas, cedular y bienes personales al 10, 11 y 12 de agosto (el pago un día después). Respecto a las declaraciones informativas de empleados y jubilados, el vencimiento pasa al 31 de agosto. Por último, se establece que el primer anticipo, comenzará a vencer a partir del 24 de agosto.
Se establece que el procedimiento registral y la asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de las sociedades anónimas, asociaciones civiles, fundaciones, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades por acciones simplificadas, con domicilio legal en la Provincia de Córdoba, se efectuará mediante la interacción entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS de la Provincia de Córdoba, en el ámbito de sus respectivas competencias.
El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 31.12.2021 las prohibiciones de despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, así como las suspensiones, salvo que sean por Art. 223 bis.
Se prorroga el Decreto N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive.
La AFIP decidió volver a prorrogar los vencimientos de los impuestos a las ganancias - personas humanas -, bienes personales y cedular al mes de agosto. La presentación comenzará a vencer el 12 de agosto y el pago un día después. El primer anticipo vencerá el 24 de agosto.
Se establece que los monotributistas podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes a los períodos devengados enero a junio de 2021, hasta el día 5 de agosto de 2021, inclusive.
Se establece el plazo para la inscripción al “PROGRAMA REPRO II” ( devengado junio de 2021), así como para el “PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS INDEPENDIENTES EN SECTORES CRÍTICOS”, el cual estará comprendido entre el 25 de junio y el 1° de julio de 2021 inclusive.
El Ministerio de Trabajo prorrogó al mes de junio de 2021 el Programa REPRO II (para empleadores) y el Programa de Asistencia a Trabajadores Independientes. Por otro lado, se actualiza el listado de actividades comprendidas y se modifican los requisitos de acceso a ambos programas.
UTHGRA y las cámaras empresarias del sector (CACYR - CAECSAL, bajo el CCT 401/05 - Comedores públicos y Privados) acordaron el pago de sumas no remunerativas y remunerativas desde julio hasta noviembre de 2021, las cuales se incorporarán a los salarios básicos en el mes de diciembre de 2021.
Cargando PDF
( por favor aguarde un momento )