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Se adoptan las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 9 que integra la presente, aplicable a los salarios del mes de julio de 2021.
Se incorpora al “Sistema Único Tributario” a aquellos sujetos adheridos al MONOTRIBUTO, que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad desarrollada -cualquiera fuere su denominación-, en los términos de la presente.
Se promulgó la Ley 27.638, que establece modificaciones en los impuestos a las ganancias y bienes personales, con aplicación a partir del período fiscal 2021 y siguientes.
La FAECyS y las cámaras empresarias del sector (Convenio Colectivo 130/75), acordaron una gratificación no remunerativa de $ 4.000 a pagar en la segunda quincena de agosto y un 9% adicional a lo pactado en el mes de abril, el cual se aplicará a partir del noviembre de 2021.
Se extiende hasta el 31/08/2021 la utilización obligatoria de Presentaciones Digitales, la registración de datos biométricos, el blanqueo a nivel 3 por cajeros automáticos y la vinculación de claves (representantes de personas jurídicas, etc.).
La AFIP implementó el mecanismo para restituir los fondos recibidos en concepto de Salario Complementario en el marco del procedimiento de declaración de caducidad del beneficio, o bien, en caso de restitución voluntaria del mismo, así como también el respectivo régimen de facilidades de pago.
AFIP publicó la resolución que implementa los cambios introducidos por la Ley 27.639, la cual da marcha atrás con el ajuste retroactivo a enero y establece un régimen de regularización de deudas al 30.06.2021, así como nuevas escalas a partir de julio.
Tras las modificaciones introducidas por el Decreto 301/2021 (ver resumen aquí), que comenzarán a regir desde el 1° de agostó, la AFIP publicó la Res. Gral. 5031 adecuando las resoluciones generales Nº 2.111 y Nº 3.900, contemplando, asimismo, la situación frente al tributo de los Prestadores de Servicios de Pago (como Mercadopago) y de los sujetos adheridos al monotributo.
Mediante Decreto 481/2021, se establece que la ANSES pagará en el mes de agosto de 2021 un subsidio extraordinario por un monto máximo de $5000 a jubilados y pensionados.
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