CP Jorge Vega
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Comercio CCT 130/75
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Construcción - UECARA CCT 660/13

RG 4589 - notas de crédito y/o débito: las nuevas condiciones regirán a partir del 1 de febrero de 2020

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Creado: 30 Septiembre 2019

Mediante Resolución 4589, la AFIP modifica el artículo 6 de la Resolución 4540 trasladando la aplicación de la misma al 1 de febrero de 2020. Cabe recordar que la mencionada norma, estableció las condiciones a las que deberán ajustarse las notas notas de crédito y/o débito que se emitan.

AFIP - Plan permanente 4268: desde octubre se podrán hacer planes de solo intereses y de intereses de anticipos, retenciones, percepciones y pagos a cuenta

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Creado: 30 Septiembre 2019

Mediante Resolución 4590/2019, la AFIP estableció que a partir del 1 de octubre se podrán incluir los Intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios, originados en obligaciones de capital –impositivas y/o previsionales- susceptibles de ser incluidas en el presente régimen que hubieran sido canceladas, así como intereses correspondientes a retenciones y percepciones impositivas, anticipos y pagos a cuenta.

Respecto al plan de intereses sobre capital ya cancelado, deberán cargarse en forma manual y se podrán financiar hasta en 12 cuotas.

Resolución Conjunta 4584/2019 - AFIP - CÓRDOBA: Registración y asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). S.A., fundaciones y asociaciones civiles con domicilio legal en la prov. de Córdoba.

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Creado: 27 Septiembre 2019

Se establece para las sociedades anónimas, asociaciones civiles y fundaciones con domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba, la interacción entre la AFIP y la DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS de dicha provincia, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y al de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web”.

Empleados de Comercio: los $ 5.000 se pagaran en 5 cuotas y se descontará obra social

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Creado: 26 Septiembre 2019

Así lo acordaron la FAECyS y las cámaras empresarias en la tarde de hoy. La suma establecida por el Decreto 665/2019, según lo establece el acuerdo, podrá pagarse hasta en un máximo de 5 cuotas de  $ 1000 junto a los haberes de septiembre, octubre, noviembre, diciembre y enero de 2020. A opción del empleador, también se podrá pagar en un pago único durante el mes de octubre. Por último, se establece que sobre dicha suma se calcularán los aportes y contribuciones a OSECAC para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo 130/75 y afiliados a la misma.

VER CALCULADORA: Escalas + Recibo de Sueldo para Empleados de Comercio - SEPTIEMBRE 2019 ( Con pago extra de $ 5000 Dto. 665/2019 )

Decreto 665/2019 - Asignación No Remunerativa de $ 5.000 para trabajadores del sector privado

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Creado: 26 Septiembre 2019

Se establece una asignación no remunerativa para todos los trabajadores en relación de dependencia del Sector Privado, que ascenderá a la suma de $ 5.000, la cual se abonará en el mes de octubre de 2019 o en los plazos, cuotas y condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en ejercicio de su autonomía colectiva.

Todo lo que se sabe sobre el pago extra de $ 5000 para los trabajadores del sector privado

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Creado: 25 Septiembre 2019

En el día de ayer se definieron las condiciones del nuevo pago extra acordado entre el gobierno, representantes de las empresas y de los trabajadores. El Decreto que lo establecerá será publicado en los próximos días.

Confirmado el bono de $ 5.000: será no remunerativo y a cuenta de las futuras paritarias

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Creado: 23 Septiembre 2019

Luego de largas negociaciones el Gobierno acordó hoy con las cámaras empresariales y la CGT el pago de un bono de $5.000 a trabajadores del sector privado, suma que tendrá carácter no remunerativo. Dicha suma será a cuenta de las próximas paritarias. Aún no se definieron las fechas de pago, las cuales se negociarán por sector ( entre gremios y empresas ).

AFIP: 15 respuestas de la AFIP sobre temas técnicos, legales y operativos

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Creado: 23 Septiembre 2019

La AFIP dio a conocer el acta número 23, en el marco del espacio de diálogo desarrollado el día 03 de septiembre en la Provincia de Tucumán. En otros temas, se abordaron los siguientes:

  • Inscripción en autónomos de miembros de la comisión directiva de mutuales, cooperativas y de las ONG.
  • Quebranto sobre renta financiera
  • Contribuyentes agropecuarios - Régimen Informativo de Compras y Ventas
  • Juicios - Disposición de la información
  • Planes de pago - Validación de deuda - Deuda ya incluida en otro plan - Duplicidad
  • Planes de pago solo para intereses
  • Ganancias - Cálculo de anticipos en el caso de una Sociedad de Hecho que se regulariza.
  • Emisión de Comprobantes Clase A por comercios gastronómicos.
  • Empleados - Anulación del alta temprana dentro del plazo de 48hs
  • Pago de honorarios de agentes fiscales de AFIP
  • Se solicita que las deudas que quedan en los planes caducos figuren en el sistema de cuentas tributarias ( ya que NO son tomadas para la validación de la deuda).

Acta N° 23 : Espacio de diálogo institucional

VIEW:PDF=http://www.afip.gob.ar/EspaciosdeDialogoInstitucional/documentos/Acta-23-Espacio-Regional-AFIP-Colegio-TUCUMAN-03-09.pdf

Plan de pagos - 120 cuotas: se otorgan a las entidades sin fines de lucro las mismas condiciones que a las MiPyMES

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Creado: 18 Septiembre 2019

Mediante resolución 4580/2019, publicada hoy en el boletín, la AFIP modificó las disposiciones del plan de pagos que permite cancelar obligaciones vencidas al 15/08/2019 para que, las asociaciones, fundaciones, cooperadoras, institutos de vida consagrada y entidades religiosas, puedan incluir sus deudas impositivas y previsionales junto con las retenciones y percepciones impositivas a 120 cuotas y con una tasa no mayor al 2,5% mensual. Se encuentran excluidos de este tipo de plan los sujetos que se encuentren o que hubieran estado alcanzados por los beneficios establecidos en el régimen previsto por el Decreto N° 1.212/2003

El día del Empleado de Comercio será el 23 de septiembre ( lunes )

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Creado: 04 Septiembre 2019

Así lo informó la CAC ( Cámara Argentina de Comercio ) en su sitio web. Si bien la conmemoración está dispuesta para el día 26 de septiembre –conforme a la Ley 26.541– razones de practicidad llevaron a acordar la modificación para que este año sea conmemorado el 23 del corriente.

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