Estás entidades, sin fines de lucro, podrán ser constituidas por los sindicatos con personería gremial y las cámaras empresarias.
Mediante Resolución 1362, la Secretaría de Trabajo estableció que la firma podrá ser electrónica o digital, requiriéndose, en el caso de la firma del empleador, la presentación de un certificado digital. Además, se deberá habilitar el acceso remoto y la copia e impresión de los recibos por parte del trabajador.
Mediante Resolución 1789, se estableció que las sociedades por acciones podrán pagar la tasa anual hasta el próximo 12 de octubre.
En la misma se registrarán los créditos provenientes de importes pagados en exceso en concepto de derechos de exportación. De esta forma, se proporciona una alternativa más beneficiosa qué soluciona los inconvenientes del procedimiento de repetición de tributos.
En total el incremento será del 25,9%. Además, se modificará el régimen vigente para que los límites se computen por familia y no por persona. De esta forma, para poder acceder al beneficio, el ingreso de ambos cónyuges no podrá superar los $ 14.000.
La herramienta informática, denominada “Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital”, le permitirá al contribuyente designar a una tercera persona para que firme digitalmente en los sistemas de la AFIP. A su vez, la persona autorizada deberá tener un "Certificado Digital" debidamente aprobado por dicho órgano fiscal.
Para este año, la Unión de Sindicatos de la Industria Maderera acordó un incremento salarial del 25,5% que se incorporará al sueldo básico en tres cuotas: 10%, 8% y 7,5%. El acuerdo ya se encuentra homologado por Resolución 1036/2012 del Ministerio de Trabajo de la Nación.
Mediante Ley 26.763, publicada en el Boletín Oficial de hoy, se establece por única vez feriado nacional el día 24 de septiembre de 2012 en todo el territorio de la Nación, en conmemoración del bicentenario de la Batalla de Tucumán.
A igual que las tarjetas de crédito, la percepción será del 15% sobre las operaciones en moneda extranjera por Internet y sobre las compras con tarjeta de débito que realicen los turistas en el exterior.
Las administradoras de las tarjetas de crédito deberán informar cada uno de los gastos realizados en el exterior y el total consumido en el país. Antes, sólo se informaban los consumos superiores a $ 3.000 y por el monto total, sin discriminación de las operaciones.
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