CP Jorge Vega
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AFIP Res. Gral. 4771/20 - Ejecuciones Fiscales: se extiende la suspensión hasta el 31 de agosto

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Creado: 28 Julio 2020

Mediante Res. 4771/2020, la AFIP extendió hasta el 31 de agosto, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.

MiPyMES - Embargos: AFIP extendió hasta el 31 de agosto la suspensión de la traba de medidas cautelares

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Creado: 28 Julio 2020

Mediante Resolución 4770/2020, la AFIP extendió hasta el 31 de agosto de 2020 la suspensión de la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” ( incluyendo los caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II”). 

AFIP - Res. Gral. 4768/20 - Ganancias, Bienes y Cedular: prórroga de vencimientos

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Creado: 24 Julio 2020

Se oficializó la prórroga de los vencimientos para la presentación y pago de los impuestos a las ganancias, bienes personales e impuesto cedular. Los dos primeros impuestos vencerán el 10, 11 y 12 de agosto (el pago un día después). El Impuesto cedular, en cambio, comenzará a vencer el 11 de agosto.

Se prorrogó la presentación y pago de Ganancias, Bienes e Impuesto Cedular

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Creado: 23 Julio 2020

La AFIP informó, mediante Gacetilla de Prensa, la prórroga de la presentación de las declaraciones juradas y pago de los impuestos a las ganancias, bienes personales e impuesto cedular. Los dos primeros impuestos vencerán el 10, 11 y 12 de agosto (pago un día después). El Impuesto Cedular, en cambio, comenzará a vencer el 11 de agosto.

Res. Gral. 9/2020 Comisión Arbitral: se incorporan 6 provincias al Registro Único Tributario-Padrón Federal

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Creado: 23 Julio 2020

Se establece la entrada en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2020 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las provincias de Catamarca, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Santiago del Estero y Tierra del Fuego.

Res. Gral. 4767/20 AFIP - Informativa Ganancias y Bienes: se prorroga el vencimiento y se incrementa a $ 2 millones el mínimo que obliga a informar

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Creado: 23 Julio 2020

Mediante Res. Gral. 4767, la AFIP eleva a $ 2.000.000 el umbral a partir del cual los trabajadores y jubilados deberán informar sus ganancias y bienes del año 2019, además de prorrogar al 31 de agosto la fecha de vencimiento de tales presentaciones. 

Decreto 615/2020 - Productores de Peras y Manzanas: se prorrogan vencimientos de la seguridad social y se suspende la iniciación de juicios de ejecución fiscal

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Creado: 23 Julio 2020

Se crea el Programa de Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del NEUQUÉN, RÍO NEGRO, MENDOZA, SAN JUAN y LA PAMPA. El Programa consistirá en la prórroga de los vencimientos generales para el pago de obligaciones de la seguridad social que operen desde el 1° de junio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive. Asimismo, se suspende la iniciación de juicios de ejecución fiscal.

Res. 1085/20 - DGR (CABA) - DJ Anual Ingresos Brutos 2019: se establecen las fechas de vencimientos

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Creado: 22 Julio 2020

Se establecen las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019, respecto de aquellos contribuyentes que tributan bajo la Categoría Locales.

Dec. Adm. 1289/2020: Ciudad de Buenos Aires - Excepciones al Aislamiento Obligatorio

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Creado: 20 Julio 2020

Se exceptúa del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las personas afectadas a las siguientes actividades:

  • Galerías y paseos comerciales
  • Lavaderos de automotores automáticos y manuales
  • Paseo, adiestramiento y peluquería canina
  • Galerías de arte con turno,
  • Profesiones
  • Peluquerías, depilación, manicuría y pedicuría (Salones de estética),
  • Industrias
  • Cultos: rezo individual con aforo y tope de hasta 10 (diez) personas.

AFIP - Res. Gral. 4760/20 - Bienes Personales: Residencia - Cancelación de la inscripción

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Creado: 17 Julio 2020

Se dispone la forma, el plazo y las condiciones que deben observar las personas humanas a fin de acreditar la pérdida de la condición de residentes en el país a los efectos del impuesto sobre los bienes personales, conforme a las adecuaciones introducidas por la Ley 27.541 (de Solidaridad Social) y el Decreto 99/2019.

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