Desde el 1 de mayo de 2011 los monotributistas encuadrados en las categorías H, I, J, K y L deberán emitir comprobantes electrónicos originales de acuerdo a lo establecido por la resolución 3067 de la AFIP, publicada hoy en el boletín oficial.
Mediante la Resolución 3056/2011 la AFIP ha extendido el universo de sujetos obligados a emitir comprobantes electrónicos originales.
Dicha norma obliga a los titulares de proyectos promovidos alcanzados por las siguientes leyes:
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